El proyecto de Ley de Extinción de Dominio para el Decomiso Civil de Bienes Ilícitos, cuyas tres versiones distintas estudia en el Congreso una comisión bicameral, puede proporcionar a la nación unas garras de que carece actualmente para incautar y, tras sentencia firme, comisar bienes y activos cuya propiedad se determine judicialmente es ilegal, no sólo por drogas o lavado.
Hay entusiasmo emocional por el aspecto justiciero en la recuperación de riquezas mal habidas. Empero, las incautaciones a trujillistas por el Consejo de Estado causaron graves injusticias, como cuando en un matrimonio uno de los esposos justificaba legítimamente bienes comunes comoquiera expropiados sin compensación. Igualmente, hay que proteger la seguridad jurídica cuando hay terceros de buena fe, como acreedores con garantías registradas o hipotecas.
El país –o su mayoría decente— está más que jarto (con “j”) de corruptos impunes que estrujan ante la sociedad sus fortunas robadas al erario o a empresas privadas. Tratarlos como capos está bien, pero resguardando el buen Derecho. Garras malucas dañan tanto como los propios malandros.