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Por qué difundir el video íntimo de Gabriel Soto es un delito, según la Ley Olimpia

De manera inevitable miles de personas vieron las imágenes y no tardaron en volver tendencia el nombre del actor al compartir el video. Sin dejar de lado todos los memes y burlas que se hacen hasta la fecha sobre el tema.

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REDACCIÓN INTERNACIONAL.-“Pues que les digo….. Disfruten! . Vaya violación a mi intimidad”, escribió el actor mexicano Gabriel Soto luego de que un video íntimo de su propiedad comenzara a circular en redes sociales.

De manera inevitable miles de personas vieron las imágenes y no tardaron en volver tendencia el nombre del actor al compartir el video. Sin dejar de lado todos los memes y burlas que se hacen hasta la fecha sobre el tema.

En las imágenes se logra ver el rostro del actor, lo cual confirmó su identidad y lo volvió objeto directo de los ataques en redes sociales. Además de su pronunciamiento en redes sociales, el actor emitió un mensaje en el que pidió apoyo de los medios de comunicación para salvaguardar la integridad de sus hijas y su actual pareja.

Sobre el video comentó: “Me siento muy vulnerable por la manera en que se violó mi intimidad y destacar que es de hace unos años. Me hago responsable de este tema”.

La difusión de las imágenes no solo afectó al actor, sino también a su entorno directo, especialmente a su pareja Irina Baeva, quien fue fuertemente criticada en el espacio digital. Al ser abordada sobre el caso cuando se encontraba en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México pidió respeto para la situación que atraviesa Soto y exhortó al público a que se maneje con cuidado el tema “delicado” que le compete a su pareja, y en el que están involucradas “dos pequeñas”.

En México el compartir imágenes de una persona contra su voluntad, así como el acoso, hostigamiento y la difusión de contenido sexual en plataformas de internet o redes sociales se castiga hasta con seis años de prisión, de acuerdo con la Ley Olimpia.

Esta ley se aprobó en 2019 y hace referencia a la violencia digital. El Senado tipificó el delito de violación a la intimidad sexual e impuso una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización a quien:Video grabe, audio grabe, fotografíe, imprima o elabore, divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, aprobación o autorización.

Las sanciones incrementan cuando se trata de un conyugue o cualquier persona con la que se haya tenido una relación sentimental. También en caso de que se trate de un servidor público en funciones, se cometa en contra una persona que no pueda comprender el significado del hecho o no tenga la capacidad para resistirlo; o cuando la víctima atente contra su integridad o contra su propia vida, como consecuencia de las agresiones.

El nombre de la norma surgió por la difusión del video íntimo de Olimpia Melo Cruz en 2014. Las protestas en el estado de Puebla impulsaron las reformas al Código Penal del estado. Entre las entidades en las que se encuentra vigente la ley están, además del lugar donde inició, son Yucatán, Ciudad de México, Oaxaca, Nuevo León, Querétaro, Baja California Sur, Aguascalientes, Estado de México, Guerrero, Coahuila, Chiapas, Zacatecas, Veracruz, Guanajuato y Tlaxcala.

Gabriel Soto compartió en su cuenta publicaciones sobre la Ley Olimpia que tocaron su caso para hablar de la violencia digital y la violación a la privacidad que hubo al difundir sus imágenes íntimas.

Fuente: Infobae

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