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El Manifiesto del 16 de enero de 1844

A propósito de cumplirse los 177 años del Manifiesto del 16 de enero de 1844 comparto resumidamente algunas ideas sobre el mismo expuestas en mi manual de derecho constitucional.

Eduardo Jorge Prats
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A propósito de cumplirse los 177 años del Manifiesto del 16 de enero de 1844 comparto resumidamente algunas ideas sobre el mismo expuestas en mi manual de derecho constitucional. El Manifiesto expresaba la voluntad de los pueblos de la parte este de la isla de separarse de Haití y crear un Estado independiente; esbozaba la estructura del gobierno que iba a surgir tras el levantamiento que preparaban las fuerzas independentistas; y disponía que el país sería gobernado provisionalmente por una junta de 11 miembros. Se estableció la división territorial, consistente en 4 provincias (Santiago, Azua, Seybo y Santo Domingo) y se manifestó que el nuevo estado sería “libre y soberano” y que protegería y garantizaría “el sistema democrático, la libertad de los ciudadanos”.

Como se puede observar, el Manifiesto contiene los postulados que sientan las bases del Estado dominicano, con los requisitos mínimos para su primer gobierno y con una carta de derechos humanos. El gobierno provisional, llamado Junta Central Gubernativa, gobernó por 8 meses la República, bajo los postulados del Manifiesto y en virtud de decretos dictados en virtud de los poderes que dicho Manifiesto confirió. Uno de estos decretos, el del 14 de julio de 1844, convocó para el congreso constituyente que daría a la República su primera Constitución. Ese decreto contenía, al igual que el Manifiesto, decisiones preconstituyentes, en la medida en que el mismo estableció la forma de elección de los diputados constituyentes, los requisitos para ser constituyente y elector, en fin, el mecanismo bajo el cual se redactaría y promulgaría la Constitución de San Cristóbal.

Señala Emilio Rodríguez Demorizi que el Manifiesto “fue, en realidad, una verdadera Constitución cuyos cánones, sin estar formalmente articulados, rigieron eficazmente en la preorganización del Estado al par que señalaron, anticipadamente, los principios fundamentales que servirían de base a la Constitución de San Cristóbal: la creación de un Estado libre, soberano, democrático; la igualdad de derechos civiles y políticos; la abolición de la esclavitud; la protección a la Religión Católica, Apostólica y Romana; la libertad de cultos; la libertad de imprenta… Todo ello teniendo como corolario, previamente expreso, un salvador programa de gobierno: la instrucción pública a expensas del Estado; el desarrollo de la agricultura, del comercio, de las ciencias y de las artes; la emisión de moneda dominicana; la división territorial; y por encima de todo, como simbólica oriflama, las sacramentales palabras de Dios, Patria y Libertad”.

Si no es una verdadera Constitución, al menos el Manifiesto debe ser visto como preámbulo de la Constitución de 1844. Todos los elementos que configuran regularmente a los preámbulos están en este texto. Por un lado, el rechazo de cierto pasado histórico: los 22 años de oprobio de la dominación haitiana y su largo memorial de agravios. Por otro, la referencia al presente: la decisión de separarse de Haití y crear un Estado independiente. Finalmente, el futuro: la decisión preconstituyente del pueblo dominicano sobre la organización del nuevo Estado.

A juicio de Wenceslao Vega, “el Manifiesto del 16 de enero de 1844 es un hermoso y valiente documento. Contiene la expresión sensata y no fanática de un pueblo cansado de vejámenes y desconsideraciones. Refleja el reconocimiento de la imposibilidad de una unión real entre los pueblos con rasgos tan diferentes como el haitiano y el dominicano. Con palabras mesuradas, justifica la separación de esos pueblos y la decisión de que el dominicano constituirá en lo adelante una nación separada. Expone desde el principio, a la faz del mundo, la justificación del grave acontecimiento que va a tener lugar a las pocas semanas, bajo el argumento de la resistencia a la opresión, y al sagrado e inalienable derecho de la rebelión contra el despotismo. Se señaló, en vibrantes frases, que la ley suprema y natural de los pueblos, es la conservación y el mantenimiento de su estabilidad y la búsqueda de su futura prosperidad, y que si para lograrlo, se hacía necesario romper con un orden establecido, el pueblo estaba autorizado a derribar a sus tiranos. Estos brillantes principios, han acompañado siempre al pueblo dominicano, quien ha sabido soportar tiranías y malos gobiernos, pero cuando éstos llegan al límite del despotismo, también ha sabido rebelarse y verter su sangre en búsqueda de su merecida libertad. Las palabras del Manifiesto del 16 de enero de 1844 deben ser lectura obligada de la juventud de hoy y de mañana, y sus conceptos deben mantenerse siempre como garantía de la libertad del pueblo dominicano”.

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