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A partir de hoy es obligatorio presentar tarjeta de vacunación: ¿Qué hacer si se te perdió o si no estás inoculado?

Esta medida aplicará a las personas para acceder de forma presencial a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, a centros de estudios públicos y privados, ingreso a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, clubes, centros comerciales, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro lugar, incluidos medios de transportes de uso público, urbano e interurbano.

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SANTO DOMINGO.- Este lunes las personas mayores 12 años deban presentar de manera obligatoria la tarjeta de vacunación y el documento de identidad para ingresar a lugares públicos y privados, medida que ha generado polémica para los apodados “anti-vacunas”. Sin embargo, la disposición ha hecho que los ciudadanos acudieran  en masa a los centros de vacunación a aplicarse las dosis desde que anunciaron las medidas.

¿Qué hacer si se te perdió tú tarjeta de vacunación? Puedes acudir a tu Dirección Provincial o Área de Salud correspondiente al centro dónde te vacunaste para solicitar un duplicado.

¿Que debes hacer si aún no estás vacunado? Debes presentar una prueba PCR negativa realizada máximo 7 días antes en el Ministerio de salud o cualquier laboratorio privado.

¿Qué advierte el Ministerio de Salud Pública si falsificas estos documentos? Dice que la falsificación de la tarjeta, resultados de pruebas o de los permisos especiales, serán sancionadas en virtud de lo que establece el Código Penal Dominicano, por lo que el Ministerio de Salud insta a los establecimientos a denunciar irregularidades en este sentido.

En todos los casos, las personas mayores de 12 años, deberán presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación con por lo menos dos dosis o una, si te la colocaste en el mes de Octubre, ambos en original o en copia legible física o digital a la autoridad pública o privada correspondiente.

Esta medida aplicará a las personas para acceder de forma presencial a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, a centros de estudios públicos y privados, ingreso a restaurantes, bares, colmadones, discotecas, clubes, centros comerciales, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro lugar, incluidos medios de transportes de uso público, urbano e interurbano.

¿Cuál será la función de los inspectores COVID?

Los inspectores COVID no tienen la facultad para cerrar negocios, sino supervisar que las medidas se cumplan como lo establece la resolución que emitió el Ministerio de Salud, amparado en la Ley 42-01 y comunicar a la institución, donde haya irregularidades.

El ministro de Salud Pública, Daniel Rivera, manifestó que los inspectores deben estar vigilantes y servirán como veedores ante el incumplimiento de las medidas.

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