SANTO DOMINGO.- Indemnizaciones y pensiones por sobrevivencia ascendentes a más de 33 millones de pesos fueron entregadas de forma sorpresiva como pagos complementarios retroactivos a afiliados y familiares de éstos por el Instituto de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL).
La información la ofreció el director ejecutivo del IDOPPRIL, doctor Fausto López Solís, quien detalló que de esos recursos RD$27,239,629.46 se distribuyeron entre 446 afiliados, hijos, esposos o compañeros en unión libre y otros beneficiarios legales, pertenecientes a pensión por sobrevivencia.
López Solís dijo que 134 afiliados recibieron pagos complementarios retroactivos por concepto de indemnizaciones por un monto de RD$6,749,615.48, precisa una nota de IDOPPRIL.
Detalló que esos beneficios se otorgaron en cumplimiento a la resolución 525-04, emitida por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), que establece que cuando la discapacidad permanente o parcial sea igual o mayor de 15 por ciento y menor o igual al 50 por ciento, se pagará una indemnización de entre 6 y 10 veces el sueldo base.
“Hemos entregado estos montos de prestaciones económicas como pensión por discapacidad permanente con porcentaje de 50, 70 y 100 por ciento del salario base, y dichas pensiones se entregarán mensualmente a los afiliados afectados por accidentes laborales”, dijo.
López Solís indicó que esto que “representa el cumplimiento de una meta planteada por el Presidente Luís Abinader de apoyar los trabajadores dominicanos afiliados al Seguro de Riesgos Laborales”..
Asimismo, el director del IDOPPRIL expresó que al recibir estos pagos inesperados los afiliados expresaron su alegría y agradecimiento por poder contar con una institución que cumple con lo estipulado entregándoles los beneficios que le corresponden por ley.
La ley 397-19 contempla la ampliación de los beneficios económicos del Seguro de Riesgos Laborales y con la aprobación de esta normativa se regula el otorgamiento de dichas prestaciones a sus beneficiarios con carácter retroactivo desde el 3 de octubre del 2019.
La normativa establece en su artículo 5 que los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), que sufran una discapacidad igual o superior a un 5% e igual o inferior a un 49%, como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, tendrán derecho a una indemnización, desde 5 hasta 20 salarios cotizables.
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