SANTO DOMINGO.- El abogado Manuel Olivero explicó que en la repartición de bienes, lo primero que los herederos deben hacer es el inventario de todos los bienes tanto activos como pasivos, incluyendo las deudas acumuladas.
Al participar en El Despertador, el abogado agregó que hay que presentar una declaración sucesorial, y llamó a tener en cuenta «no buscar abogados amigos» y dijo que lo correcto sería buscar un notario para una conciliación equitativa en el acuerdo.
Olivero precisó que una vez levantado el inventario y recolectada las actas de nacimiento, se presenta la declaración sucesorial ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se paga el impuesto, que equivale al 3% de los bienes declarados y encontrados en la base de datos de la institución del Estado.
Luego del pago, indicó que se procede a realizar el acuerdo de partición amigable y es ahí el momento donde los herederos se ponen de acuerdo de como se van a repartir los bienes.