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Conozca los detalles sobre el proyecto de Ley que busca ampliar la licencia por maternidad a cinco meses

Durante la licencia post natal las madres que sean empleadas en el sector público o privado percibirá todos sus beneficios laborales establecidos en el Código de Trabajo”.

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SANTO DOMINGO.- Jhonny de Jesús Medina Santos, diputado por la circunscripción 1 de Puerto Plata, depositó este miércoles en la Cámara Baja del Congreso Nacional un proyecto de Ley que busca ampliar la licencia por maternidad a cinco meses.

Esta pieza legislativa, de acuerdo con el documento depositado, tiene como objetivo permitirle a las madres, sin importar que sean empleadas en el sector público o privado, tener un mejor cuidado de su recién nacido en casa, además de otorgarle mayor facilidad para cumplir con las citas médicas con el pediatra de la criatura.

En tanto, este proyecto modificaría el artículo 23 del Código de Trabajo dominicano en dos formas, siendo el primer cambio el tiempo de licencia postnatal, pasando de ser de 12 semanas a 20 semanas.

La segunda modificación sería la agregación de un párrafo que garantizaría a la madre todos los beneficios laborales establecidos en el Código, de manera que el artículo indique:

“Artículo 237.- El descanso pre y post-natal nunca será menor, en conjunto, de veinte (20) semanas y durante el mismo, la trabajadora conservara su empleo con todos los derechos que del mismo se derivan.

Durante la licencia post natal las madres que sean empleadas en el sector público o privado percibirá todos sus beneficios laborales establecidos en el Código de Trabajo”.

¿Y los padres?

El proyecto de Medina Santos, depositado a finales del pasado mes de abril, también contempla añadir un artículo que instauraría un permiso laboral al padre de ocho días laborables, a fin de que este asista a la madre de su hijo con las atenciones requeridas por el bebé.

A este artículo le acompañará un párrafo que establece los requisitos necesarios para que la compañía o institución en la que trabaje el padre, pueda otorgarle la licencia.

“Para que la empresa o establecimiento laboral otorgue la licencia, el padre debe demostrar mediante constancia del centro médico o maternidad que certifique el nacimiento de la criatura y que es el padre de la criatura”, leía parte de la pieza legislativa.

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