SANTO DOMINGO. – La Junta Central Electoral emitió la resolución 13-2024, que establece el procedimiento para la recepción, tramitación de los registros de nacimiento de los hijos de personas extranjeras que nacieron en el país.
De acuerdo con la resolución, el procedimiento es únicamente dirigido a las personas del denominado «grupo B» del Plan Nacional de Regularización.
Las solicitudes deben ser depositadas en un sobre sellado con la copia del decreto que autoriza la naturalización.
La Dirección Nacional de Registro del Estado Civil recibirá los expedientes que correspondan al Plan Nacional de Regularización de extranjeros que estén en situación migratoria irregular en la República Dominicana como indica el objetivo b del párrafo 1 de la ley.
Los requisitos a presentar son: Copia del decreto emitido por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se autoriza la naturalización; el original del certificado de naturalización emitido por el Ministerio de Interior y Policía; Copia de la cédula de identidad de la persona naturalizada; formulario de captura de los datos biométricos de la persona naturalizada y los documentos que formen parte integral del expediente correspondiente al Plan Nacional de Regularización.
«La Dirección Nacional de Registro del Estado Civil podrá solicitar otros documentos adicionales, en caso de que los aportados no resulten suficientes o se encuentren en un estado de deterioro que impida su correcta validación», indica la resolución.
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