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Pleno de la SCJ pone en consulta pública actualización del reglamento del juez de ejecución de la pena

El reglamento regula la actividad de los jueces, juezas y demás servidores (as) judiciales de la jurisdicción penal a nivel nacional

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REDACCIÓN. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sometió a consulta pública la propuesta de modificación al Reglamento núm. 296-05 del Juez de Ejecución de la Pena y la resolución núm. 2087-06, el cual organiza y regla las atribuciones de estos jueces, sus actividades y los principales procedimientos de la etapa de ejecución, previstos en la normativa procesal penal, introduciendo aspectos que facilitan la emisión a tiempo de las órdenes de libertad.

El proceso de consultas públicas inicia este lunes 2 de septiembre y concluye el día 07 de octubre de 2024. Las opiniones sobre la propuesta serán recibidas a la dirección electrónica: [email protected].

El reglamento regula la actividad de los jueces, juezas y demás servidores (as) judiciales de la jurisdicción penal a nivel nacional, con especial atención a los jueces de ejecución de la pena, en su función jurisdiccional y administrativa.

Asimismo, el reglamento incorpora buenas prácticas que permitirá a los jueces ofrecer con una mayor eficiencia los servicios y actividades puestos a su cargo en la normativa procesal penal y sus modificaciones.
La pieza establece que para la efectiva ejecución de las penas impuestas se deben considerar los principios rectores consagrados en el Código Procesal Penal, en consonancia con los lineamientos constitucionales de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, legalidad, dignidad de la persona, no discriminación, humanización de la ejecución de la pena y judicialización de la Ejecución de la Pena.
También, incorpora novedades respecto de importantes figuras jurídicas como las medidas de seguridad y la conversión de la pena. Se promueve la oficiosidad del juez para que este cuente herramientas jurídicas que permitan la reeducación y reinserción social de los condenados.
Para acceder de forma íntegra al Reglamento diríjase al siguiente enlace

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