Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader, afirmó que la ley 63-17 sobre la Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana se modificará para que se ajuste a “la realidad actual”, esto ante la falta de aplicación que ha tenido la referida ley desde su promulgación.
El documento promulgado el 21 de febrero de 2017, en los últimos meses del gobierno de Danilo Medina, establece que las infracciones de tránsito contempladas en los artículos 189 y 231 de la pieza, recibirán las multas de uno a tres salarios mínimos del sector público, que actualmente figura en los 10,000 pesos.
Estas declaraciones fueron dadas por el mandatario durante la firma del Pacto Nacional de Seguridad Vial en su encuentro semanal con la prensa de este lunes 18 de noviembre, donde la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, señaló que desde este ministerio se trabaja en conjunto al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte (Intrant), la Policía Nacional, la Procuraduría General de la República, entre otras instituciones para que las sanciones sean “más fuertes y modificar la ley 63-17, sino que se ha ponderado también el tema de que las multas no periman”.
“Porque tenemos casos donde las multas perimen, las personas que cometen algún delito menor, alguna contravención al mando de un vehículo, se sienten que no tienen que pagar porque se le perimen un año, van acumulándola en el tiempo y por eso el Intrant hablaba del tema de los puntos que también se va a aplicar, o sea que la parte que no estamos focalizando en la reforma legal es en que las multas no periman y ver de qué manera podemos hacer más efectiva el cobro de las mismas y la inhabilitación de un chofer o algún conductor que sea reincidente y que se tenga pues el registro de su reincidencia en el sistema nacional”, continuó Raful.
A lo que Milton Morrison, director del Intrant agregó que en seis meses se presentará una ley y que “ya de una vez por todas se va a aplicar las multas que se queden establecidas ahí”.
La ley 63-17 establece que serán sancionados con multas de uno hasta cinco salarios mínimos los conductores que lancen objetos o basura desde un vehículo a las calles; conducir un vehículo de motor o tirar de un remolque por las vías públicas sin matrícula y la placa; conducir un vehículo por las vías públicas sin exhibir las placas, así como circular con una placa mutilada, alterada, doblada, recortada, tapada, fotocopiada, producida por el propio interesado o en algún lugar de impresión diferente a la emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Así como borrar, alterar o tapar el número de serie o identificación del motor o del chasis de un
vehículo de motor o remolque; conducir por las vías públicas un vehículo cuya placa haya sido suspendida, cancelada o esté vencida, o cuyo marbete no haya sido renovado; conducir un transporte de carga sin tener consignado en ambos costados del vehículo el rótulo que indique su peso y la capacidad máxima del mismo; que el colo del vehículo no corresponda al consignado en su matrícula.
Conducir un vehículo de motor con el guía a la derecha; conducir o transportar pasajeros en un vehículo sin el uso del cinturón de seguridad; abordar o desmontar pasajeros o permitir a personas agarrarse de un vehículo de motor mientras éste se encuentre en movimiento; entre otras.
Serán multados también «los conductores que transiten en las vías públicas con vehículos desprovistos del sistema de escape, en estado defectuoso o modificado, y cuyas emisiones contaminantes excedan los
niveles permitidos por las normas del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales serán sancionados con una multa de un salario mínimo del que impere en el sector público centralizado y los puntos en la licencia determinados por el reglamento correspondiente. En caso de reincidencia serán sancionados con una multa de dos a cinco salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado».
De igual manera, los conductores que conduzcan un vehículo cuyos parabrisas y ventanas tengan objetos que le impidan la visibilidad, tales como avisos, tarjetas, cartelones, calcomanías, rótulos o cualquier otro material.
Pueden ser sancionados con uno o cinco salarios mínimos también los conductores que circulen por
las vías públicas en vehículos equipados o modificados con cualquier tipo de parachoques frontal, lateral o trasero, no agregado por el fabricante del vehículo o aprobado por el INTRANT.
Asimismo, Morrison anunció que el proceso de multado será digitalizado a partir del 1 de junio del 2025 en todo el país.
“Ya será cosa del pasado que un Digesett tome una libreta para anotar una infracción”, subrayó el director del Intrant.
Morrison añadió que, como parte de este nuevo sistema, se implementará una incentivo para la aplicación de un descuento en la renovación de las licencias de conducir a aquellos conductores que no tengan infracciones.
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