Ciudad Nueva. El juez del Primer Juzgado de la Instrucción, Raymundo Mejía, rechazó que los hermanos Espaillat sean enviados a juicio por homicidio voluntario con dolo eventual y acogió la calificación jurídica de homicidio involuntario presentada por el Ministerio Público en el caso del colapso de la discoteca Jet Set.
Apertura a juicio por homicidio involuntario
La decisión fue adoptada durante la audiencia preliminar, en la que el magistrado también dictó auto de apertura a juicio de fondo contra los imputados.
Al motivar su decisión, Mejía explicó que el tribunal actuó conforme al marco legal vigente y a los límites establecidos para esta etapa del proceso.
No creo que sea razonable que una persona que esté en un establecimiento de forma continua y periódica, incluso la señora Maribel, que fue de las personas que estuvo adentro. Señores, no es razonable; no creo que se pueda equiparar una conducta de una persona que utiliza un arma de fuego y dispara a una multitud, a un derrumbe de un techo», sostuvo el juez Raymundo Mejía.
La decisión fue cuestionada por representantes de las víctimas, quienes habían solicitado que los imputados fueran juzgados por homicidio voluntario con dolo eventual.
Debo reconocer, como abogado, que el magistrado hizo una gran exposición, convencido él de que tiene razón en la forma en la que rechazó el dolo eventual. Sin embargo, nosotros discrepamos del magistrado, dado que el juez entró en una valoración de los hechos», expresó el abogado querellante Yancarlos Martínez.
Además de ordenar la apertura a juicio, el tribunal admitió las pruebas que serán debatidas durante el proceso, incluyendo el peritaje privado presentado por la defensa de los imputados.
El artículo 13.2.10 del Código Procesal Penal me permite, en el juicio, solicitar la exclusión de esa prueba y le aseguro que va a ser excluida», afirmó el abogado querellante Plutarco Jáquez.
Por su parte, el director de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, restó importancia al informe pericial presentado por la defensa.
A nosotros no nos preocupa ese peritaje porque ese peritaje igual dice que hubo negligencia y que hubo imprudencia. Vamos a juicio y ahora pretendemos buscar el máximo que permite la ley de penas en este tipo de casos», indicó Camacho.
Embargo de bienes por 500 millones
El tribunal también ordenó el embargo de bienes por hasta 500 millones de pesos como medida de coerción real contra los imputados, así como contra Evelyn Espaillat y Ana Grecia López, hermana y madre de los acusados, respectivamente, además de sus empresas.
Durante la fase preliminar, iniciada en marzo, más de 40 abogados de víctimas y querellantes se adhirieron a la acusación del Ministerio Público, que atribuye a los hermanos Espaillat la comisión de homicidio involuntario por el colapso ocurrido en el establecimiento.
- El juez mantuvo, además, la medida de coerción que pesa sobre los imputados mientras el caso avanza hacia el juicio de fondo.
