Mediante resolución núm. 033-2026-SRES-00593 del 9 de junio de 2026, la presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, a cargo del magistrado Manuel R. Herrera Carbuccia, rechazó la demanda en suspensión de ejecución de sentencia que la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) había interpuesto.

Esta acción iba dirigida contra la sentencia emitida el 17 de marzo de 2026 por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, la cual fue dictada en su contra.

Sede de la Cámara de Cuentas de República Dominicana, vinculada a demanda rechazada por la Suprema Corte
Personas en la sede de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana.

Indemnización a Julio Cury

En dicha decisión, se condenó al órgano de control externo a pagarle al jurista Julio Cury una indemnización millonaria por concepto de daños morales causados con ocasión de actuaciones administrativas antijurídicas cometidas por la CCRD.

Arguyendo que el pago de esa condena le causaría daños incalculables en el plano operativo e institucional, y que permitir su cumplimiento establecería un precedente que terceros podrían instrumentalizar para obstaculizar la función fiscalizadora de la CCRD, esta solicitó la suspensión de su ejecución.

La Suprema Corte de Justicia rechazó esos planteamientos. En su decisión, el magistrado Herrera Carbuccia estableció que la CCRD se limitó a reproducir las irregularidades imputadas en su recurso de casación y a enunciar, de manera abstracta, la posibilidad de graves perjuicios, sin exponer causas particulares que justificaran especialmente la suspensión ni precisar concretamente los daños irreparables que pretendía prevenir.

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  • Subrayó que la suspensión de una sentencia en casación exige la demostración de perjuicios irreparables que hagan perder el objeto del propio recurso, estándar que la CCRD no satisfizo.

SCJ descarta perjuicios irreparables

Esta resolución deja expedito el camino para la ejecución inmediata de la sentencia condenatoria dictada en favor del Dr. Cury, por lo que el referido órgano deberá hacer efectivo el pago de la indemnización acordada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo el 17 de marzo pasado.

Antecedentes generales

El conflicto que hoy involucra a la Suprema Corte de Justicia (SCJ), la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) y el jurista Julio Cury se origina en una sentencia emitida el pasado 17 de marzo de 2026 por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA).

«En esa decisión, se condenó al órgano de control externo al pago de una indemnización millonaria por supuestos daños morales derivados de actuaciones administrativas consideradas antijurídicas».

De acuerdo con el expediente, el abogado Julio Cury accionó contra la Cámara de Cuentas, alegando que ciertas actuaciones del órgano fiscalizador vulneraron derechos y le ocasionaron perjuicios, lo que fue acogido parcialmente por el tribunal administrativo, dando lugar a la condena económica.

A raíz de esa decisión, la Cámara de Cuentas interpuso un recurso de casación y, de manera paralela, solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia, argumentando que el cumplimiento inmediato del pago generaría un impacto grave en su operatividad institucional y podría sentar un precedente que afectaría su función fiscalizadora.

  • Sin embargo, la presidencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, encabezada por el magistrado Manuel R. Herrera Carbuccia, rechazó dicha solicitud mediante la resolución núm. 033-2026-SRES-00593 del 9 de junio de 2026.

Por Julio Cury