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República Dominicana

Junta Monetaria aprueba certificados de garantías fiduciarias

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  • Actualizado: 09 de julio, 2015, 08:25 PM
  • Publicado: 09 de julio, 2015, 08:25 PM
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Banco Central.

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Junta Monetaria aprobó este jueves de manera definitiva los Proyectos de Modificaciones a los Reglamentos de Evaluación de Activos y Concentración de Créditos, los cuales habían sido puestos en consulta pública a los fines de recibir las observaciones de los sectores interesados.

Agotado el proceso de estudio y admisión de las observaciones recabadas de los sectores interesados, las modificaciones resultantes, establecen que se considerarán como garantías admisibles los certificados de garantías fiduciarias emitidos por los fideicomisos en garantías, los flujos de fideicomisos de fuentes de pago y los valores de fideicomisos garantizados por fideicomisos de oferta pública constituidos sobre títulos valores del Banco Central y del Ministerio de Hacienda.

En el caso de los certificados de garantías fiduciarias, a ser emitidos por el Fideicomiso Público, el Reglamento de Evaluación de Activos permitirá que se considere como admisible provisionalmente dichas garantías fiduciarias, lo que viabilizará el acceso al financiamiento bancario de parte de los promotores de viviendas, con cargo a los recursos del encaje legal liberados para apoyar proyectos de esta naturaleza.

El objeto primordial de dichas modificaciones está dirigido a actualizar la regulación bancaria conforme la Ley No. 189-11 sobre el Mercado Hipotecario y Fideicomiso en la República Dominicana y, de esta manera viabilizar el financiamiento de las entidades de intermediación financiera hacia los sectores productivos, así como satisfacer la demanda de crédito de parte de constructores de viviendas que se encuentran ejecutando importantes proyectos de viviendas de bajo costo o soluciones habitaciones para satisfacer las necesidades de los sectores de menores ingresos de la población, al amparo de la figura del fideicomiso, quienes aprovechando la liberación de los recursos del encaje legal, de hasta 10,000 millones de pesos, podrán obtener préstamos interinos a tasas de interés de hasta un 6 por ciento anual y a un plazo de hasta 2 años, contribuyendo a abaratar el costo de la construcción, permitiendo así que la población de menores ingresos puedan adquirir viviendas de hasta 2.4 millones de pesos con financiamientos a tasas de interés fijas de hasta un 8 por ciento anual y a plazo de hasta 20 años.

En ese sentido, fueron recibidas las sugerencias de diversas instituciones y entidades de intermediación financiera, las cuales fueron consideradas, evaluadas y debidamente ponderadas por la Honorable Junta Monetaria con el objeto de fortalecer y complementar en algunos aspectos aquellas modificaciones planteadas por dicho Organismo Regulador  en sus  Octava y Novena Resoluciones del 25 de junio de 2015, y procurar la consecución de los objetivos centrales de las referidas enmiendas.

Además, a partir de esta fecha la Junta Monetaria aprobó la modificación al Reglamento sobre Concentración de Riesgos, en lo pertinente al límite a prestar a una sola persona física o jurídica o grupo de riesgo, de manera que las entidades de intermediación financiera puedan financiar hasta el 40% de su patrimonio técnico, a aquellos préstamos que cumplan con las características de ser otorgados con la garantía del Estado dominicano, o con fondos para el repago de la deuda provenientes de flujos reales, generados por fideicomisos públicos que se encuentren consignados en el Presupuesto General de la Nación.

 

 

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