El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este lunes la Resolución No. 29-19 que establece el sobreseimiento de la decisión referente a la admisión o rechazo de la candidatura a la presidencia de la República personificada en el doctor Leonel Antonio Fernández Reyna y sustentada por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), hasta tanto el Tribunal Constitucional dicte sentencia referente al caso.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán, aprobó este lunes la Resolución No. 29-19 que establece el sobreseimiento de la decisión referente a la admisión o rechazo de la candidatura a la presidencia de la República personificada en el doctor Leonel Antonio Fernández Reyna y sustentada por el Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), hasta tanto el Tribunal Constitucional dicte sentencia referente al caso.
En tal sentido, la Resolución No. 29-19 estableció posponer el conocimiento del referido asunto hasta tanto la jurisdicción apoderada estatuya sobre la Acción Directa de Inconstitucionalidad y, en tal sentido, sobresee la decisión referente a la admisión o no de la candidatura a la presidencia de la República personificada en el doctor Leonel Antonio Fernández Reyna y sustentada por el partido PRSC, hasta tanto el Tribunal Constitucional dicte la sentencia referente al caso.
La decisión del Pleno de la JCE se produjo luego de la solicitud de opinión realizada por el Magistrado Presidente del Tribunal Constitucional, Dr. Milton Ray Guevara, respecto de la Acción Directa de Inconstitucionalidad interpuesta ante el referido Tribunal por el Dr. Daniel Beltré, en fecha 7 de noviembre de 2019, contra el artículo 49 numeral 4 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos; artículo 134 de la Ley 15-19 Orgánica del Régimen Electoral; y el artículo 10 del Reglamento para la escogencia de Candidatos y Candidatas mediante Convenciones y Encuestas, dictado por la Junta Central Electoral el 7 de mayo de 201 9, por ser, conforme al impetrante, contrarios al artículo 22 de la Constitución de la República.
Igualmente, el Pleno de la JCE dispuso que dicha Resolución sea notificada al Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y publicada en la tablilla de publicaciones y en la página web de la JCE.
El Pleno de la JCE estuvo presidido por el Magistrado Julio César Castaños Guzmán e integrado por los miembros titulares Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, todos asistidos por el Secretario General de la JCE, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.
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