SANTO DOMINGO.- El abogado Manuel Olivero explicó que si un acta presenta algún error de datos como el nombre o la fecha de nacimiento o la falta del nombre del padre en el certificado de nacimiento se pueden corregir de la siguiente manera.
Durante su participación en el programa El Despertador de grupo SIN, Olivero manifestó que si el error consiste en colocar una letra mal al final del nombre o apellido, este se puede corregir en la misma Oficialía o ante la Junta Central Electoral (JCE).
De igual modo, el abogado dijo que si se hizo una supresión ya este proceso es un poco más largo, que lo que se debe hacer es llevar las pruebas al Tribunal Electoral para que sea el mismo en que ordene la rectificación.
Manuel Olivero indicó que para realizar el proceso se tiene que escoger el acta de nacimiento del hijo y del padre y la cedula de identidad del progenitor, y si el error es una simple letra se puede corregir en la misma Oficialía.