Acuerdos de implicados caso Medusa incluye devolución de suma millonaria, pero no irán a la cárcel

Todos tendrán que testificar con respecto a la información que conocen y a los involucrados que componen la asociación de malhechores en este caso.

SANTO DOMINGO.- A través de los acuerdos de oportunidad a los que llegó la Procuraduría Especializada de Corrupción Administrativa (Pepca) con una veintena de los implicados en el caso de corrupción denominado Medusa, estos devolverán al Estado dominicano un aproximado de RD$178,809,123.

La información de estos acuerdos está contenida en la página web de la PGR, donde se especifica que los convenios se realizaron con 20 implicados en el caso, quienes según los documentos tendrán penas suspendidas, devolverán el dinero del erario, se le decomisarán bienes y pagarán multas.

Todos tendrán que testificar con respecto a la información que conocen y a los involucrados que componen la asociación de malhechores en este caso.

En el caso del implicado Lisandro José Macarrulla Martínez y la entidad comercial Mac Construcciones S.R.L. su acuerdo con el MP precisa que se le decomisará en favor del Estado Dominicano la cantidad de RD$67,039,816.12; la entrega mediante cheque de administración de la suma de RD$57,389,577.64 y el decomiso de un apartamento en el Ensanche Naco valorado en RD$20,243,000, equivalente a USD354,891.30.

Asimismo, en el acuerdo la PGR solicita una pena de tres años de prisión suspendida.
“El acusado José Macarrulla Martínez en representación de la entidad comercial acusada Mac Construcciones S.R.L. procederá a la terminación voluntaria del Contrato de Ejecución de Obras Construcción CCR La Nueva Victoria, Ref. Procuraduría-CCC-LPN-2018-0013, No. 0014/2019, referente al Lote 5, Oficinas Administrativas, suscrito entre Procuraduría General de la República, representada por Jean Alain Rodríguez Sánchez y Mac Construcciones S.R.L, representada por Víctor Lisandro Macarrulla Martínez, en fecha dieciocho (18) de febrero del 2019, así como el Primer Addendum al Contrato No. 0014/2019, suscrito entre Procuraduría General de la República, representada por Jean Alain Rodríguez Sánchez y Mac Construcciones, SRL, representada por Víctor Lisandro Macarrulla Martínez, en fecha ocho (08) de mayo del 2020 y el Segundo Addendum al Contrato No. 0014/2019, suscrito entre Procuraduría General de la República, representada por Miriam Germán Brito y Mac Construcciones, así como la devolución de los equipos que tiene en su poder pendientes de entrega a la PGR”.

El acuerdo también ordena la cancelación del registro mercantil de Mac Construcciones, SRL, efectivo a partir de dos años contados a partir de la fecha de la respectiva sentencia suscrita el 4 de diciembre del 2023.

El imputado Sean Hudson Dawiggins, representante de la entidad comercial Smart Logistics Internacional entregará en equipos tecnológicos de seguridad a la PGR, por un monto de quinientos mil dólares americanos (US$500,000.00), equivalente a unos RD$29,536,730.00. El acuerdo con este imputado también contempla que sea condenado a tres años de reclusión suspendida, cumpliendo con las siguientes reglas: abstenerse de portar armas de fuego, abuso de bebidas alcohólicas o drogas, la obligación de presentarse cada cuatro meses ante el juez o ante la autoridad que el designe y notificar al juez cuando salga del país.

El acuerdo de la acusada Rossanna Vianela Pimentel y la entidad comercial Comercial Viaros, S.R.L. con la PGR estable el pago de una multa de setecientos veintidós mil setecientos cuarenta y cuatro mil pesos dominicanos (RD$722,744.312). Ordenar el decomiso en favor del Estado Dominicano de las acciones de la entidad comercial Comercial Viaros, S.R.L. y ordenar la cancelación del registro mercantil de la misma.

El imputado Ricardo Antonio Carrasquero Frías y representante de la entidad comercial Constructora Carrasquero, S.R.L., arribó a un acuerdo con la PGR en el que será sometido a cumplir una pena de un año de reclusión suspendida, deberá abstenerse de portar armas de fuego, abuso de bebidas alcohólicas o drogas, realizar cincuenta horas de trabajos comunitarios, presentarse ante el juez cada 60 días y notificar al juez sobre salidas del país.

Asimismo, el acuerdo precisa que Ricardo Antonio Carrasquero Frías entrega en favor del Ministerio Público la cantidad de RD$700,000.00), igual monto de los sobornos pagados conforme se explica en la acusación del caso. Mientras que con relación a la Constructora Carrasquero, el MP solicita que esta sea condenada al pago de una multa de (RD$100,000.00) y la cancelación del registro mercantil.

En el acuerdo entre la PGR con el imputado Reynaldo de Jesús Santos de la Cruz y la entidad comercial Inversiones Zwaziland, E.I.R.L., se instaura la solicitud que el imputado sea condenado a cumplir tres años de prisión suspendida. En tanto la entidad Inversiones Zwaziland, el MP requiere que sea condenada al pago de una multa de (RD$722,744.312), el decomiso de sus acciones y la cancelación del registro mercantil.

El acuerdo del imputado Rafael Salvador Rasuk Sánchez establece la solicitud de una pena de tres años de reclusión suspendida.

Para la imputa Mercedes Camelia Salcedo Disla en el acuerdo la PGR pide una pena de tres años de reclusión suspendida.

El imputado José Antonio Santana Julián en representación de las entidades comerciales Abastesa, S.A.S. y Constructora Integrada, S.A.S. entregará el monto de RD$3,900,000.00.

El acuerdo ordena que Santana Julián sea sometido a pena de un año de prisión suspendida, que la Constructora Integrada pague RD$1,000,000.00 y la cancelación de registro mercantil de Abastesa, S.A.S.

La entidad Distribuidora Ropi S.R.L., representada por José Alberto Abbott Brugal deberá pagar una multa de RD$722,744.312, le serán decomisadas las acciones en favor del Estado Dominicano y la cancelación del registro mercantil.

En el acuerdo de la imputada Jenny Marte Peña con la PGR se establece una pena de cinco años de prisión suspendida y el pago de una multa equivalente a trescientos salarios mínimos del sector privado.

La entidad comercial Ropalma S.R.L. representada por Hilda Cristina Jackson Mallol deberá pagar una multa de RD$722,744.312, el decomiso de las acciones de la entidad y la cancelación del registro mercantil.

El acuerdo de la PGR con la imputada Giselle del Carmen Molano Frías establece únicamente que “se acoja el criterio de oportunidad que el Ministerio Público ha tenido a bien aplicar, de conformidad a las disposiciones del artículo 370.6, en beneficio de la Señora Giselle del Carmen Molano Frías, en virtud de que la procesada ha mostrado arrepentimiento en su participación en la comisión de los hechos, que a pesar de ser acciones típicas, antijurídicas y culpable, en el juicio de valor este honorable tribunal razonablemente debe entender como justo que el Ministerio Público en su facultad persecutora ha decidido aplicarle el criterio de oportunidad, con la aquiescencia de los querellantes”.

En el caso del imputado Francisco Arturo Santos Gómez, representante de la entidad acusada Rogama S.R.L. en el acuerdo se precisa una condena de tres años de prisión suspendida; la entidad comercial Rogama S.R.L. pagará una multa de RD$722,744.312 y se ordena el decomiso de sus acciones, la cancelación del registro mercantil y el decomiso de un bien identificado como 309510540944 matrícula No.3000248325 con una superficie de 1,500.28 metros cuadrados, ubicado en Santo Domingo, propiedad de la entidad.

En el acuerdo del acusado Felipe Armando Fernández de Castro Asencio solo se establece que “se acoja el criterio de oportunidad que el Ministerio Público ha tenido a bien aplicar, de conformidad a las disposiciones del artículo 370.6, en beneficio del acusado Felipe Armando Fernández De Castro Agencio, en virtud de que el procesado ha mostrado arrepentimiento en su participación en la comisión de los hechos, que a pesar de ser acciones típicas, antijurídicas y culpable, en el juicio de valor este honorable tribunal razonablemente debe entender como justo que el Ministerio Público en su facultad persecutora ha decidido aplicarle el criterio de oportunidad, con la aquiescencia de los querellantes”.

El imputado Fausto José Cáceres Salterio, representante de la entidad comercial La Parasata Mercantil, S.R.L. aceptó el acuerdo de la PGR que establece una condena de tres años de reclusión suspendida.

Mientras que la entidad La Parasata Mercantil, S.R.L. pagará una multa de RD$722,744.312, se ordena el decomiso de sus acciones y la cancelación del registro mercantil.

Entidad comercial F & F Ezel Import, S.R.L., representada por el acusado Rafael Salvador Rasuk Sánchez, pagará una multa de RD$722,744.312, se le decomisarán sus acciones y se ordena la cancelación del registro mercantil.

El acuerdo entre la PGR y los imputados Daniel Enrique Vásquez Feliz, Francisco Alberto Vásquez precisa una pena de tres años de prisión suspendida, respectivamente. Mientras que la empresa a la que representan la entidad comercial acusada Divamor Group, SRL, pagará una multa de RD$722,744.312, se ordena el decomiso de sus acciones y la cancelación del registro mercantil.

El acuerdo que aceptó el imputado Cesarión Morel Grullón y la entidad comercial Constructora Morel Grullón & Asociados SRL, establece una pena de un año y seis meses de prisión suspendida, en tanto a la entidad se le ordena la cancelación del registro mercantil y el decomiso del inmueble identificado como 212948307117 que tiene una superficie de 6,511.58 metros cuadrados, matrícula No.3000562213, ubicado en Monte Cristi.

En el acuerdo de la imputada Carolina Pimentel Bonifacio solo se solicita que sea condenada a una pena de tres años de prisión suspendida.

El acuerdo del imputado Carlos Augusto Guzmán Oliver y la entidad comercial acusada Herrajes Rachel, SRL, refiere que el imputado sea condenado a una pena de tres años de prisión suspendida; mientras que la entidad pagará la multa de RD$722,744.312, ordenan el decomiso de sus acciones y la cancelación del registro mercantil.