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Andrés Dauhajre advierte reforma fiscal destruiría a la clase media y llevaría a la economía al abismo

Análisis

Adicionalmente, la iniciativa se convierte en otro golpe al sector turismo, pues los hoteles que se instalen sin incentivos fiscales tendrán que hacer frente a una mayor tarifa de electricidad. Alguien del MH debería asistir a Fitur 2025 para explicar la racionalidad del trato discriminatorio.

Economía/ fuente externa.
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SANTO DOMINGO.- El economista Andy Dauhajre (hijo) advirtió sobre las grandes consecuencias para la economía dominicana, especialmente para la clase media y ni hablar de los pobres, si se aprueba el ambicioso proyecto de reforma fiscal. Además, ahuyentaría la inversión extranjera, por la que los empresarios se han empeñado tanto en los últimos años para el desarrollo del país.

Para empezar, dijo que esta “modernización fiscal” impactará negativamente en las zonas francas al explicar que en lo adelante, los beneficios obtenidos por las empresas operadoras estarán gravados con el 27% del impuesto sobre la renta, que según el Ministerio de Hacienda, elimina una distorsión pues entiende que la inversión en parques de zonas francas es idéntica a la inversión el sector de inmobiliario o de bienes raíces.

En su artículo titulado: «La reforma fiscal socavaría economía, ahuyentaría la inversión y la clase media empobrecería» publicado en el periódico El Caribe, Dauhajre señala que por alguna razón, Hacienda “no comprende” que los parques de zonas francas son parte integral del modelo de zonas francas, el cual se fundamenta en la exención de impuestos, en un enclave geográfico extraterritorial para la exportación, para todo lo que termine impactando negativamente en el costo de producir el bien o servicio a exportar.

Un impuesto sobre los beneficios de la operación del parque de zonas francas significaría un aumento en la tarifa de alquiler que deben pagar las empresas instaladas dentro del parque, lo cual incrementaría el costo de manufactura. “Esto se traduciría en un menor beneficio para las empresas establecidas en parques gravados. En otras palabras, estaríamos haciéndolas menos competitivas frente a sus pares de otros países donde no se percibe la exención del impuesto sobre la renta de las operaciones de los parques como una distorsión”, agrega.

Considera que con esta iniciativa, la administración del presidente Abinader se convertiría, de la noche a la mañana, “en la primera en introducir una distorsión en el modelo de zonas francas que prevalece en la región. Solo en el caso extraño en que las empresas de zonas francas pudiesen operar a la intemperie, es decir, colocando sus equipos y maquinarias en solares baldíos donde laborarían los operadores, la exención del impuesto sobre la renta a las empresas operadoras de los parques de zonas francas podría ser considerada como una distorsión”.

¿Sería posible instalar a la intemperie plantas para manufactura de chips como aspira el presidente Abinader?

Siete parques de zonas francas que estaban en carpeta para iniciar su construcción y/o expansión en 2025, han pospuesto el arranque indefinidamente. De los previstos en la Iniciativa Santo Domingo 2050 que lanzó el presidente Abinader hace dos años, no volverá a hablarse. Mientras tanto, México y Costa Rica avanzan aceleradamente en la construcción de nuevos parques para acoger la migración de empresas inducida por el “nearshoring”. El presidente Abinader debe instruir la eliminación completa del distorsionante Artículo 31 del proyecto de reforma tributaria que establecería el impuesto sobre la renta a las empresas operadoras de parques de zonas francas.

Desarrollo Turístico

En cuanto al turismo, criticó que la reforma fiscal se llevaría todos los incentivos de la Ley 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico para los polos de escaso desarrollo y nuevos polos en provincias y localidades de gran potencialidad, convirtiendo a la República Dominicana  en la segunda potencia turística de la América Latina y el Caribe.

“Lo razonable era la racionalización de los incentivos, específicamente, la desviación de los mismos hacia los polos que han sido forzados a competir en materia de atracción de inversión con polos dotados de una infraestructura física que los primeros no tienen”, argumentó.

En adición a la sustitución de la generalización de la eliminación por la selectividad en el otorgamiento de los incentivos fiscales, en caso de que no se haya hecho todavía, “Hacienda debería instruir a la DGII para que ponga fin al Acuerdo de Precios por Anticipado (APA) que ha existido durante años entre la DGII y el sector hotelero. Estos APA fijan tarifas por habitación hotelera que, en algunos casos, no llegan al 30% de la tarifa realmente cobrada por los hoteles, lo que reduce sensiblemente el ITBIS pagado por los hoteles”.

El economista recordó que en 2023, el valor agregado del sector hoteles fue de RD$197,728 millones. En consecuencia, con una tasa de 18%, la DGII debió, en teoría, haber recaudado RD$35,591 millones de ITBIS. Sin embargo, solo recaudó RD$19,951 millones, el 56% de la recaudación potencial. Parte de la explicación reside en el hecho de que habitaciones que se rentan en la vecindad de US$300 al día, para fines del ITBIS declarado a la DGII, el APA establece que se declare como si se rentó en US$100 o US$110. Eso no solo reduce los ingresos de ITBIS de la DGII. Reduce también los ingresos brutos que presentan los hoteles cuando someten sus Estado de Ganancias y Pérdidas en la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta.

Eso podría explicar, en parte, el por qué en 14 de los 16 años comprendidos entre 2006 y 2021, el sector hotelero, de manera consolidada, declaró pérdidas a la DGII. Eliminando el APA y cobrando el ITBIS (IVA) y el Impuesto sobre la Renta a los hoteles cuyo período de exención venció sobre los ingresos brutos verdaderos de los hoteles, las recaudaciones aumentarían más que el estimado que produciría el desmantelamiento total de los incentivos fiscales establecidos en Ley 158-01.

Viviendas

El economista mencionó la Ley 389-11 de Mercado Hipotecario y el Fideicomiso, la cual perseguía facilitar el desarrollo de proyectos habitacionales, fundamentalmente de vivienda de bajo costo, misma que pasaría a la historia como la “efímera”.

“El proyecto de reforma tributaria elaborado por el MH deroga el incentivo del pago único y definitivo de 10% de impuesto sobre la renta que establece esta ley. Todo apunta a que el MH entiende que los beneficios que obtienen quienes se han acogido a esta ley para realizar proyectos de vivienda económica y desarrollo inmobiliario son enormes y, por ello, en lugar de pagar un 10% deberían tributar un 27% del Impuesto Sobre la Renta más el 10% sobre los dividendos distribuidos”, sostiene.

“No hay que esforzarse mucho para concluir que la eliminación de este incentivo tributario, por donde quiera que se analice, terminaría como otro negocio del “capaperro” para la nación”, puntualizó.

Cine

Dauhajre se mostró de acuerdo con la sustitución de los incentivos tributarios para guiones, pre-producción, producción, distribución y exhibición (PDE) de largometrajes dominicanos por apoyos directos del Estado a través de un Fondo de Fomento del Cine, que en el primer año recibiría una asignación de RD$1,500 millones (US$25 millones) para asignar a proyectos de PDE de los guiones seleccionados por Confocine, siempre y cuando este último esté integrado por intelectuales dominicanos reconocidos.

Sin embargo, como el proyecto de reforma tributaria se lleva todos los incentivos tributarios que reciben los estudios cinematográficos establecidos en el país que prestan servicios de filmación a productores extranjeros, consideró que, en el peor de los casos, estos estudios deben recibir el mismo trato fiscal que reciben las empresas localizadas en los parques de zonas francas de exportación.

Banco Central

Mientras el Banco Central se ha visto precisado para vender US$1,111 millones de sus reservas de divisas y reducir la base monetaria ampliada en 7.4% en los últimos 12 meses para hacer frente a fuertes presiones de demanda de divisas que han provocado una depreciación de 6% del peso dominicano, el MH incluye en el proyecto de reforma tributaria una disposición que elevaría el impuesto único y definitivo de 10% sobre los intereses devengados por ahorrantes e inversionistas hasta un 27%.

En lo que va de octubre, explica, la tasa de interés promedio ponderada sobre certificados financieros y/o depósitos a ,plazo ha promediado 10.55%. Cuando descontamos el 10% de la retención actual, al ahorrante le queda un neto de 9.50% anual. Si le restamos las expectativas de depreciación de los próximos 12 meses, digamos 6.0%, similar a la de los pasados 12 meses, tendríamos que la tasa neta en dólares que el ahorrante estaría recibiendo es de 3.3%. Supongamos que en lugar del 10% de retención, en lo adelante, el ahorrante termina pagando un 27%, como establece el proyecto.

En ese caso, la tasa neta en pesos que este recibiría sería de 7.70%, o 1.60% en dólares. Dado que en EUA el ahorrante podría conseguir cerca de 4.50% en dólares, está claro que muchos comenzarán a cancelar sus depósitos en pesos en nuestro sistema financiero para comprar dólares y enviarlos al exterior. No hay que dar muchas vueltas para entender que la iniciativa del MH, al estimular la fuga de capitales, forzaría al Banco Central (BC) a vender más reservas si no desea que unos meses la tasa de 60×1 sea recordada como una ganga apetecible.

El MH no debe olvidar que el ahorro que hoy está depositado en los bancos y en el BC, previamente pagó el impuesto sobre la renta cuando se percibió el ingreso y se ahorró la parte no gastada. Intentar cobrarle ahora, una vez más, hasta el 27%, puede lucir razonable para aquellos cuyo ahorro no es fruto del trabajo intenso, pero no para los demás.

“Tengamos cuidado. Recordemos que le estamos diciendo al mundo que no nos interesa más inversión extranjera que ande en busca de exenciones tributarias en zonas francas, turismo y desarrollo inmobiliario, entre otros… Incluso, hay que prepararse para una reducción de los niveles habituales de reinversión de utilidades de las empresas de inversión extranjera que preferirán destinos fiscalmente menos hostiles”, advirtió Andrés.

Electricidad

Indica que la propuesta de reforma establece que mientras se mantiene la exención del Impuesto Selectivo al Consumo de Combustibles específico (Ley 112-00) para los generadores que proveen energía al Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI), los que generan en geografías aisladas que les han sido concesionadas, en lo adelante, deberán pagar el impuesto, lo que implica un trato discriminatorio y podría dar lugar violaciones de la ley de inversión extranjera en el caso de que alguna de las empresas generadoras en sistemas aislados sea de capital extranjero y acogida a la Ley 16-95 de Inversión Extranjera.

Adicionalmente, la iniciativa se convierte en otro golpe al sector turismo, pues los hoteles que se instalen sin incentivos fiscales tendrán que hacer frente a una mayor tarifa de electricidad. Alguien del MH debería asistir a Fitur 2025 para explicar la racionalidad del trato discriminatorio.

Del ITBIS al IVA

El destacado economista recomendó a los legisladores y a los potenciales candidatos del PRM en el 2028, antes de iniciar la lectura de la parte final de este artículo, “sentarse y respirar profundo” al señalar que una gran parte de los bienes y servicios que estaba exento del ITBIS, pasaría en lo adelante a pagar un 18%.

Ministerio de Hacienda

Dauhajre cuestionó que todos los alimentos, incluidos los de primera necesidad, y los servicios subirán considerablemente de precio:

El agua en botella; los animales vivos; la carne de res; la carne de cerdo; el pescado de consumo popular; los lácteos (excluyendo la leche); la miel; otros productos de origen animal; legumbres; hortalizas; tubérculos sin procesar; frutas sin procesar; cereales (excepto el arroz); harinas; granos trabajados; productos de molinería (excepto el pan); semillas oleaginosas; otras semillas para grasas; siembra o alimentos de animales; embutidos; cacao en grano, entero o partidos, crudo o tostado; alimentos infantiles; pastas; cáscara, películas y demás residuos de cacao; libros y revistas; material educativo a nivel preuniversitario; sillas de rueda y prótesis para discapacitados; servicios de transporte de carga; servicios culturales, servicios funerarios y servicios de salones de belleza y peluquerías; entre otros.

“Si se aprueba el proyecto, pasarán de pagar 0% a tributar el 18%. Me imagino que, desde ya, la oposición está elaborando las pancartas y los desfiles de afectados para llevar a los mítines y concentraciones que los candidatos oficialistas presidenciales y al Congreso que se realizarán a principios de 2028”, se manifestó.

A esa ampliación de la lista de bienes gravables se añaden otros cambios. Al cambiarse el nombre del ITBIS por IVA, la definición de “Bienes industrializados: Aquellos bienes corporales muebles, que hayan sido sometidos a algún proceso de transformación” es sustituida simplemente por la palabra “Bienes”. Los congresistas deben leer con paciencia y comprensión. Fíjense que el calificativo “corporales muebles” que llevada la palabra “Bienes industrializados” en la definición, ha desaparecido.

En consecuencia, la transferencia de bienes corporales inmuebles, como los apartamentos y viviendas, en lo adelante, estaría gravada con el IVA de 18%.

Explicó que si una persona quiere vender su vivienda de RD$10 millones, el comprador, en adición a la comisión de RD$500,000 que pagaría al agente inmobiliario, tendría que pagar RD$1,800,000 de IVA a la DGII. “Eso se desprende claramente del proyecto de ley de reforma tributaria”.

“Si el golpe a la construcción de nuevos parques de zonas francas, nuevos hoteles, viviendas económicas y otros proyectos de desarrollo inmobiliario, unido a las elevadas tasas de interés para préstamos a la vivienda y la construcción no resultaban suficientes para provocar una seria perturbación al sector que más ha contribuido, junto con el turismo, al crecimiento económico del país en los últimos años, la aplicación del IVA a la transferencia de bienes inmuebles es la iniciativa más efectiva para provocar el colapso del sector construcción”, criticó.

Agregó: “Tengo la impresión de que la reforma del ITBIS (IVA), aunque en teoría estaría distribuida entre todos los quintiles de ingreso, en la práctica terminará afectando con mayor intensidad a la clase media. No debe olvidarse que una parte no despreciable de los hogares pertenecientes al quintil de ingresos más elevados tiene empresas”.

Cuenta según su experiencia de los últimos 40 años con el ITBIS,  “que la pedidera de facturas o recibos con comprobante fiscal en supermercados, otros comercios y empresas proveedoras de los nuevos bienes y servicios gravados por el IVA se va a acelerar. Veremos un ejército de hogares del quintil 5 solicitando estas facturas y recibos con comprobante fiscal para utilizarlos en sus empresas, con lo cual el avance de IVA que harán en sus compras para el hogar terminará siendo utilizado para reducir el IVA definitivo a liquidar por sus empresas ante la DGII.”

En esos casos, estos hogares de altos ingresos quedarían “exentos” de este pago adicional del IVA; lo transformarán en un impuesto de suma cero.

En adición, estos hogares, al inflar artificialmente los gastos de sus empresas con facturas de compras de bienes y servicios para el hogar, reducirán la renta neta imponible y, por tanto, el impuesto sobre la renta de las empresas, añadió.

Para ellos, en consecuencia, la ampliación de la base del IVA puede terminar siendo beneficiosa o un “subsidio” recibido del Gobierno. Es por eso que en los proyectos de reformas preparados por la Fundación Economía y Desarrollo se propuso eliminar “las deducciones de ITBIS adelantado que presenten las empresas por concepto de compras en supermercados, farmacias, restaurantes y en cualquier otro establecimiento correspondientes a gastos de consumo de los hogares. En el caso de empresas que se dediquen a la elaboración y preparación de alimentos, se aceptarán los ITBIS adelantados en compra de los insumos necesarios para su elaboración.”

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