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Aprueban con modificaciones proyecto que modifica Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas

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El Senador del Distrito Nacional, Omar Fernández, sugirió cuatro modificaciones de las cuales fueron acogidas dos por la Comisión Especial. En lo adelante, la Ley adiciona el párrafo III y IV al artículo 3.

Aprueban con modificaciones proyecto que modifica ley sobre tráfico ilícito de migrantes y trata de personas. imagen fuente externa
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Santo Domingo. – El Senado de la República aprobó, a unanimidad y en segunda lectura, el proyecto de ley que modifica la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, remitida por el Poder Ejecutivo.

El presidente de la Comisión Especial que tuvo a su cargo analizar y estudiar esta normativa, Franklin Romero, presentó un informe favorable, el cual fue acogido por el pleno para que sea incluido en los trabajos legislativos un informe con modificaciones a sugerencia del senador Omar Fernández.
La pieza modificada establece nuevos límites sancionadores, tomando en cuenta la razonabilidad y proporcionalidad de la pena, que, para los casos de tráfico ilícito de migrantes será de 20 a 25 años.

El Senador del Distrito Nacional, Omar Fernández, sugirió cuatro modificaciones de las cuales fueron acogidas dos por la Comisión Especial. En lo adelante, la Ley adiciona el párrafo III y IV al artículo 3. El Párrafo III señala que el culpable del delito de trata de personas será sancionado con la pena de veinte (20) a veinticinco (25) años de reclusión y multa de setecientos (700) a mil quinientos (1,500) salarios mínimos del sector público. En tanto que, el IV, apunta que “El delito de trata de personas no prescribe”.
Mientras que, en el párrafo V se destaca que el funcionario o servidor público hallado culpable o cómplice del delito de trata de personas se le impondrá, como pena complementaria, la inhabilitación por espacio de diez (10) años para ejercer cualquier tipo de función pública y, en caso de reincidencia, la inhabilitación será por veinte (20) años, cuyo cumplimiento inicia a partir del término de la sanción privativa de la libertad impuesta.

La propuesta de modificación adiciona el artículo X sobre imprescriptibilidad del delito de tráfico ilícito de migrantes y trata de personas.Esta iniciativa incluye, además como agravante para los delitos de tráfico ilícito de migrantes y de trata de personas, la participación de funcionarios de los órganos extra poder, así como los demás poderes del Estado y los gobiernos locales.

Elia Ysabel Pacheco Izquierdo
Elia Ysabel Pacheco
Licenciada en Comunicación Social, mención Periodismo. Posee experiencia en redacción, producción de contenidos y cobertura de eventos en medios digitales e impresos.
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