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Cinco servidores del Mescyt cobran en otras instituciones públicas, según auditoria

Investigación

La investigación argumenta que dicho hallazgo presenta riesgos como son la deficiencia del gasto público, así como limitaciones en las oportunidades de los ciudadanos a participar en los cargos del Estado.

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Redacción.- La auditoría realizada por la Contraloría General de la República al Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt) detectó que cinco de sus servidores cobran de forma simultánea en nóminas de otras instituciones públicas.

“Al comparar la nómina universal de la entidad con el reporte de Auditores Citrix, identificamos que la Mescyt, tiene cinco servidores que están cobrando de forma simultánea en otras instituciones públicas. En inobservancia al Art. 144 de Constitución de la República, Art. 80, numerales 4 y 5 de la ley 41-08 de función pública”, señala el documento.

Tabla de la auditoria con las personas encontradas en la nómina del ente auditado y simultáneamente nombrado en otras Instituciones del Estado.

De acuerdo al informe, la empleada María López Polanco labora en Junta De Distrito Municipal Agua Santa y devenga un sueldo en el Mescyt de RD$ 240,000 pesos. Otra trabajadora es Milena De La Altagracia Cabrera Maldonado De Olivier vinculada al Hospital Central Fuerzas Armadas y Policía Nacional con un sueldo de RD$ 27,500.00 pesos, mientras que en la Mescyt oscila en RD$135,000.00.

La documentación, continúa detallando que Xiomara Altagracia Pimentel Sánchez cobra un salario en el Consejo Nacional de la Seguridad Social de RD$ 188,278.73. Asimismo añade que Ana María Ramírez Peña con un sueldo de RD$ 115,000.00 en el Mescyt ejerce en Dirección Central Del Servicio Nacional De Salud con un salario de RD$ 51,651.60 pesos.

Otro de los servidores vinculados al cobro en nóminas de otras instituciones, según la auditoria es Héctor Rafael Noble Núñez que figura en Dirección De Inf. y Defensa De Los Afiliados (Dida) con RD$ 10,000.00 y en el Senado de la República con RD$ 29,100.00.

“El desempeño simultáneo de varios cargos públicos incumple con lo establecido en la Constitución de la República en su artículo 144 y el artículo 80, numerales 4 y 5 de la ley 41-08 de función pública. Aplican excepciones según la ley”, sostiene el comunicado.

La investigación argumenta que dicho hallazgo presenta riesgos como son la deficiencia del gasto público, así como limitaciones en las oportunidades de los ciudadanos a participar en los cargos del Estado.

“Incumplimiento del ejercicio de las labores, ya que el servidor no podrá estar en varios sitios a la vez, por lo que en efecto en alguno de las instituciones no brindará un servicio eficiente, eficaz y oportuno”, expone el documento sobre otro de los peligros.

“La Dirección Administrativa y Financiera (DAF) y la Dirección de Recursos Humanos, deben prevenir los riegos citados con anterioridad estableciendo políticas y procedimientos de control que permitan dar cumplimiento a las normativas legales vigente. Artículo 144 la Constitución de la República y el artículo 80, numerales 4 y 5 de la ley 41-08”, es la recomendación expuesta en el informe ante la situación encontrada.

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