SANTO DOMINGO.- El Consejo Nacional y la Junta Directiva Nacional del Colegio de Abogados de la República Dominicana calificó como ilegal, inconstitucional, insensata y abusiva la declaratoria de desacato emitida por la Cámara de Cuentas (CCRD) en contra de su presidente, Miguel Surún Hernández, por este último negarse a una auditoria por parte de la Cámara de Cuentas a su gestión en el Colegio de Abogados.
El Consejo y la Junta explicaron que la Cámara de Cuentas avaló esta decisión en el artículo 56 de su Ley 10-04 que habla del “Desacato de Servidores Públicos”, tal y como consta en la página 7 párrafo dos de su declaratorio de Desacato, sin embargo recordaron que el presidente del gremio, Miguel Surun Hernández, no es funcionario público, no recibe ni maneja recursos del presupuesto nacional, no maneja recursos públicos sino potestades públicas y nunca se ha negado a ser fiscalizado, tal y como demuestra un vídeo que circula en las redes en donde el mismo el notario de la Cámara de Cuentas, certifica que Surun Hernández no se opone a auditorias y a la transparencia.
Surun Hernández lamentó que “un órgano constitucional tan importante para la institucionalidad del país como es la Cámara de Cuentas, se haya convertido en un instrumento de persecución, actuando contrario a la Ley y a la Constitución, violando todos los procesos, sumándose a campañas de descredito en contra de mi persona y del gremio y peor aun iniciando acciones a pesar de que el Tribunal Constitucional no ha fallado sobre una Acción en Conflicto de Competencia que depositamos el pasado 11 noviembre con el que se pretende determinar si la CCRD tiene facultad o no para auditar el gremio y así poder hacer las cosas correctas y dentro del marco de la Ley”.
“Resulta ilógico, inexplicable y sospechoso que si el Pleno de la Cámara de Cuentas sabe que el Tribunal Constitucional, tribunal supremo de la República Dominicana, no ha emitido un fallo sobre la Acción en Conflicto de Competencia depositada por el CARD en contra de la CCRD, me declaren en desacato y amenacen con usar la fuerza pública para la obtención de documentos, es una acción de atropello, ilegal, inconstitucional y un abuso de poder que no vamos permitir”, denunció Surun Hernández.
El gremialista señaló que: “Reiteramos que en el Colegio de Abogados no tenemos ningún problema con ser auditados, fiscalizados, asesorados, acompañados, monitoreados o de desarrollar cualquier otra iniciativa, pero estas acciones deben de ser realizadas por entidades que tengan la facultad legal para hacerlo, no por caprichos, antojos, persecuciones, mandatos políticos u otras razones. Exigimos respeto y que todos actuemos apegados a las Leyes y a la Constitución, para que prevalezca la institucionalidad en nuestro país”.
Agregó que “todo parece indicar que existe una persecución en contra del gremio y de mi persona por parte de la Cámara de Cuentas y la Contraloría General de la República, motivados quizás por sectores políticos interesados, con el objetivo de afectar mi imagen y de opacar los grandes logros de mi gestión como Presidente de este gremio que agrupa a más de 70 mil juristas, pero no lo van a lograr y el tiempo sacará la verdad a flote”.
“Reiteramos al país que el Colegio de Abogados de RD no es una entidad estatal, no maneja patrimonio estatal, no recibe fondos del presupuesto, ni recursos públicos, sus fondos provienen de tasas por concepto de las ventas de los sellos rojos para legalizar documentos, le paga el 10% al estado por el cobro de dichas tasas, tal como lo confirma una certificación emitida por la Dirección General de Presupuesto y la Sentencia TC/0288/20, de fecha 21 de diciembre del 2020.
El gremialista explicó en cuatro puntos por qué la Cámara de Cuentas no tiene facultad legal para auditar los recursos del Colegio de Abogados.
El primero es debido a que el artículo 248 de la Constitución, así como los artículos 1 y 3 de la Ley 10-07 que la crea, especifican claramente que dicha entidad solo puede ejercer control y auditoría a instituciones que manejan recursos públicos, que no es el caso del gremio, cuyos fondos provienen de tasas por concepto del servicio de fiscalización de abogados y ventas de los sellos rojos para legalizar documentos.
El segundo expresa que el CARD No maneja recursos públicos, pero si potestades públicas, que son aquellas que de origen pertenecen al Estado y que el Estado las sede para que un ente privado la ejerza, como también opera por ejemplo la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo y otras entidades.