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SANTIAGO, República Dominicana.- El Segundo Tribunal Colegiado declaró culpable de un caso de estupro, al imputado Andrés Rafael Ricart Rodríguez, e impuso en su contra una condena de 10 años de prisión.
La Procuraduría Fiscal de Santiago, que dirige la magistrada Luisa Liranzo, presentó formal acusación en contra del procesado a quien se le imputó haber agredido sexualmente a una persona menor de edad, cuyos datos se omiten por razones legales, aportando para la sustentación de la teoría las pruebas que fueron acogidas por el tribunal.
Igualmente, el Ministerio Público formuló la acusación tanto por estupro como por violencia basada en género agravada, al tratarse de un hecho cometido mediante amenaza y constreñimiento.
La violación sexual como delito, fue sindicada en virtud de lo dispuesto por los artículos 330 y 331 del Código Penal Dominicano y el abuso sexual en perjuicio de una persona menor de edad, así como lo establece el artículo 396 literales B y C de la Ley 136-03 sobre el Sistema para la Protección de los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes.
Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, estrupo es coito con persona mayor de 12 años y menor de 18, prevaliéndose de superioridad, originada por cualquier relación o situación; también lo define como acceso carnal con persona mayor de 12 años y menor de 16, conseguido con engaño.
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