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Condenan a pareja de abogados por homicidio y violencia de género en La Vega

Asesinato

La sentencia fue emitida por los jueces de la jurisdicción de Bonao, Monseñor Nouel, Nelson Antonio Langumas, Pedro Julio Cornelio Esquea y Elizabeth López García, quienes fueron asignados al Segundo Tribunal Colegiado de La Vega a raíz de la inhibición de los jueces de esta provincia por vínculos de amistad con los procesados.

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LA VEGA.- El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de La Vega condenó a 20 y a 5 años de prisión en contra de una pareja de esposos, ambos abogados, hallados culpables de cometer homicidio y violencia de género agravada en perjuicio de una mujer.

 El Segundo Tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y dictó la sentencia a Fior D´Aliza Peña Marte en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, por el homicidio de Anyelina Goris de Suriel, a quien impactó con su vehículo y le pasó dos veces por encima, provocándole la muerte.

Mientras que Leocadio Castillo Valdez fue condenado a 5 años de prisión para cumplirlo en el CCR El Pinito, de La Vega, por violencia de género agravada, cometida contra la hoy occisa.

El expediente señala sobre los hechos, que Castillo Valdez estaba casado con Peña Marte y mantuvo de manera concomitante una relación amorosa por más de 12 años con la hoy occisa, lo que generó grandes conflictos familiares.

Establece que el procesado ejercía violencia contra la víctima, a quien en uno de esos hechos amenazó de muerte y posteriormente la golpeó en diferentes partes del cuerpo, mientras le halaba el pelo, además de que le rompió su teléfono celular.

El Ministerio Público precisa que el hecho ocurrió en fecha 8 de noviembre del año 2021, alrededor de las 10:30 de la mañana, mientras Castillo Valdez conversaba con Goris de Suriel en un lugar baldío del residencial Don Pedro.

Indica que al lugar se presentó la condenada Peña Marte conduciendo a alta velocidad el vehículo de su propiedad, marca Honda, modelo Fit, color blanco, del año 2014, dirigiéndose a donde se encontraba la víctima, quien, al percatarse de las intenciones de la hoy condenada, emprendió la huida a bordo de la motocicleta en la que se transportaba.

Relata que Peña Marte persiguió a Goris de Suriel, logrando alcanzarla e impactarla por la parte trasera de la motocicleta.

La víctima resultó con trauma contuso múltiple severo del tipo vehicular, el cual le produjo contusión en la cabeza y hemorragia de epicráneo, hemorragia de masa encefálica, de pulmones y de hígado, y fractura de huesos, entre otras lesiones.

Indica que el hecho se produjo en virtud de que Peña Marte entendió que no lograría reestructurar su matrimonio y su familia, lo cual generó la situación que desencadenó en el crimen de la mujer.

El órgano acusador destacó que debajo del vehículo de Peña Marte, durante una inspección, fueron recolectadas  muestras de sangre, las cuales al ser analizadas por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y comparadas con el ADN de la víctima, coincidió en un 99.9%.

La fiscal litigante Yurisan Ceballos, quien representó al Ministerio Público, expuso ante el tribunal cómo ocurrieron los hechos y aportó las pruebas que sustentaron la acusación.

La sentencia fue emitida por los jueces de la jurisdicción de Bonao, Monseñor Nouel, Nelson Antonio Langumas, Pedro Julio Cornelio Esquea y Elizabeth López García, quienes fueron asignados al Segundo Tribunal Colegiado de La Vega a raíz de la inhibición de los jueces de esta provincia por vínculos de amistad con los procesados.

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