SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Apoyo de los conductores encontró la Resolución de Tránsito Terrestre en la que permite el tintado de los cristales de los vehículos exceptuando el cristal delantero, mientras la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) informa que dará cumplimiento a la medida.
La única finalidad de la prohibición del tintado delantero de los vehículos es la de proteger a los ciudadanos, aseguró el director de Tránsito Terrestre a través de la comunicación enviada a la AMET.
Los conductores consultados manifestaron que la medida debe cumplirla todo ciudadano, mientras, propietarios de autoadornos aplauden la decisión, pero destacan las ventajas y desventajas de tintar el cristal delantero de su vehículo.
A pesar de esto hay quienes se encuentran indecisos en si tintan o no el cristal delantero.
Los conductores entienden que los agentes de la AMET deben preocuparse de otros aspectos como el uso del cinturón y olvidarse de esta resolución de Tránsito Terrestre.
El vocero de la AMET manifestó que la prohibición en el tintado de cristales de los vehículos está contenida en el artículo 156 de la Ley de tránsito 241.