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Contralor advierte serán muy estrictos con el cumplimiento de la Ley 311-14 sobre declaraciones juradas

Declaraciones Juradas

Lo mismo debe hacer el servidor público cuando es reelegido para un nuevo período y cuando hayan cesado en sus funciones, en un plazo no mayor de 30 días.

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Santo Domingo.- El contralor general de la República, Félix Santana García, advirtió que las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos serán muy estrictas con los que violen dicho procedimiento legal.

“Tanto la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental que dirige la doctora Milagros Ortiz Bosch, así como la Cámara de Cuentas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el consultor jurídico del Palacio Nacional, la Contraloría General de la República y el Ministerio de Administración Pública realizan acciones para que todos los funcionarios, quédense o no se queden, sean trasladados o sean confirmados, presenten su declaración jurada a partir del 16 de agosto”, expresó Santana García.

Se recuerda que el contralor general de la República, Félix Santana García, es miembro de la Comisión para el Cumplimiento de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos, creada por el presidente Luis Rodolfo Abinader Corona, mediante el Decreto 343-22 del 6 de julio de 2022.

El citado decreto también ordena a la Contraloría General de la República a no autorizar la inclusión en nómina pública de los funcionarios del Poder Ejecutivo que no hayan cumplido con el requisito establecido en la Ley 311-14.

La comisión encargada de hacer cumplir el Decreto 343-22 la preside la titular de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, Milagros Ortiz Bosch y tiene la atribución de recomendar al presidente de la República la aplicación de las sanciones previstas en la ley contra los funcionarios que violen la obligación de presentar declaraciones juradas de patrimonio.

La referida norma obliga a funcionarios a presentar una lista de su patrimonio y el de la comunidad conyugal a su entrada y salida de sus funciones.

“Los funcionarios públicos obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los treinta días siguientes a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal”, manda la Ley 311-14.

Lo mismo debe hacer el servidor público cuando es reelegido para un nuevo período y cuando hayan cesado en sus funciones, en un plazo no mayor de 30 días.

Aquellos servidores públicos que no presenten la declaración de sus bienes incurren en faltas graves de tercer grado, sancionadas con la destitución del cargo según la ley número 41-08, de Función Pública.

En otro orden, el funcionario también informó que actualmente están en proceso 90 auditorías, de las cuales 20 serán publicadas en los próximos días.

“Estamos en un proceso continuo y sin desmayo en cuanto a fiscalizar el buen uso de los recursos del Estado”, precisó Santana García.

Asimismo, destacó que los nuevos alcaldes y los salientes han mostrado mucho interés para que se les practiquen auditorías a la gestión que ellos tuvieron y los nuevos para recibir las finanzas de esos ayuntamientos saneadas.

“Como Contraloría General de la Republica estamos complaciendo las solicitudes de esos alcaldes, en ese sentido tenemos unas 15 auditorías que se están practicando en la actualidad”, enfatizó.

El contralor habló previo a participar en el lanzamiento del programa fortalecimiento de las capacidades de persecución de los principales hechos penales, con énfasis en la criminalidad organizada, la corrupción administrativa y la violencia de género, auspiciado por la Suprema Corte de Justicia.

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