El Ministerio de Salud Pública emitió este martes las nuevas medidas de protocolos que deberán de llevar a cabo y cumplir en su totalidad los gimnasios, iglesias y celebraciones de eventos sociales, para evitar la propagación y el contagio del COVID-19.
El Ministerio de Salud Pública emitió este martes las nuevas medidas de protocolos que deberán de llevar a cabo y cumplir en su totalidad los gimnasios, iglesias y celebraciones de eventos sociales, para evitar la propagación y el contagio del COVID-19.
Santo Domingo.– Santo Domingo.- El Ministerio de Salud Pública emitió este martes las nuevas medidas de protocolo que deberán llevar a cabo y cumplir en su totalidad los gimnasios, iglesias y celebraciones de eventos sociales, para evitar la propagación y el contagio del COVID-19.
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https://noticiassin.com/protocolos-que-deben-cumplir-bares-y-restaurantes-ante-covid-19/Para la celebración de actividades religiosas se deberán llevar a cabo una guía de protocolos establecidos por el Ministerio de Salud Pública según el decreto 213-09 que establece el Reglamento del Ministerio de Salud para la Prevención, Mitigación y Respuesta ante Emergencias y Desastres, del 10 de marzo de 2009.
El Ministerio de Salud Pública fiscalizará el cumplimiento del presente protocolo, a través de los inspectores COVID-19, en todo el territorio nacional.
En cuanto a los gimnasios, clubes deportivos y estudios entre otros el protocolo a seguir deberán ser los siguientes:
En tanto que para la realización de actividades sociales o eventos que conlleven la participación de más de diez (10) personas en establecimientos comerciales, centros de convenciones, salones multiusos, explanadas o cualquier otro lugar público o privado de uso público, los organizadores o responsables deberán remitir al Ministerio de Salud Pública, en su sede o a través de la Direcciones Provinciales o Áreas de Salud, una solicitud de autorización por escrito, con un mínimo de siete (07) días de anticipación, en la cual se indiquen los datos generales del evento o actividad, el lugar, montaje, foto del espacio y las personas responsables de este parte de los protocolos a seguir serán los siguientes:
Requerimientos generales para la solicitud de permiso:
- Tipo de actividad o evento.
- Fecha, lugar y hora.
- Dimensión del área destinada para el recibimiento del público (parqueo, estacionamientos, otros).
- Capacidad ocupacional del lugar.
-Cantidad de personas que asistirán a la actividad (incluyendo al personal de trabajo).
- Responsable de la bioseguridad del evento.
El Ministerio de Salud Pública podrá determinar la asignación de uno o varios inspectores de salud para que se encuentren presente durante el desarrollo del evento o actividad de que se trate.
En caso de incumplimiento de las disposiciones adoptadas por el Poder Ejecutivo mediante decreto, los protocolos sectoriales que se encuentran vigentes y las medidas dispuestas mediante la presente, el Ministerio de Salud Pública podrá ordenar la suspensión del evento o actividad social, así como la clausura temporal del establecimiento comercial de que se trate, si fuere el caso.
Asimismo, podrá iniciar el procedimiento sancionatorio correspondiente mediante el levantamiento del acta de infracción y el apoderamiento del ministerio público, en virtud de lo dispuesto en la Ley núm. 42-01 General de Salud.