El presidente Medina se aboca a decidir entre una ley especial de Naturalización y otra de Convalidación de la Nacionalidad para solucionar el conflicto de la desnacionalización, pero podría proponer una fusión de ambos proyectos
Tras agotar una semana de consultas al liderazgo político, empresarial y religioso, el presidente Danilo Medina se debate entre una Ley de Naturalización Especial u otra de Convalidación de las Actas de Nacimiento instrumentadas por los oficiales civiles a los dominicanos descendientes de extranjeros indocumentados.
El mandatario también tiene la opción de la “opinión consultiva” de la Corte interamericana de Derechos Humanos (La Corte), pero se inclinaría por una fórmula que resuelva el drama de los desnacionalizados y satisfaga los requerimientos del derecho internacional, evadiendo confrontar el dictamen del Tribunal Constitucional.
Ley de Naturalización
La primera opción que ha contemplado el gobierno y que se llegó a anunciar en noviembre, es una Ley Especial de Naturalización, que ha sido favorecida por los sectores ultra nacionalistas, medios de comunicación y aliados del gobierno, pero tropieza con los organismos internacionales de derechos humanos que han advertido que no hay solución sin restitución plena de los derechos conculcados.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe preliminar y al conversar con el presidente Medina dejó bien claro que una ciudadanía de segunda categoría, como la naturalización que contiene limitaciones constitucionales a los derechos (cuadro anexo), dejaría abierto el conflicto internacional y en camino a La Corte, cuya jurisprudencia augura una condena revocatoria de la TC-168-13.
El Sistema de las Naciones Unidas en un pliego entregado al gobierno en noviembre, proponía dos fórmulas para devolver los derechos conculcados, sin enfrentar al TC: que a los nacidos en el país hijos de extranjeros indocumentados se les dé retroactivamente categoría de residentes, o que se establezca un mecanismo jurídico fundamentado en la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954. Al referirse a la propuesta ley de naturalización, el documento, que nunca ha sido publicado, la condicionaba a que otorgara a los desnacionalizados la condición de “naturalizados dominicanos, de pleno derecho”.
En la audiencia del lunes 24 de la CIDH dos de sus titulares, el chileno Felipe González y la paraguaya Rosa María Ortiz insistieron en que no se puede considerar extranjeros a los nacidos en el país antes de la Constitución del 2010 y pidieron al Estado que responda las propuestas del informe preliminar sobre su visita al país.
Ley de Convalidación
Un anteproyecto de ley que busca atender los requerimientos constitucionales y del derecho internacional, que elaboró el Ministerio de la Presidencia, estaría como opción tras algunas modificaciones que no han trascendido. Se fundamenta en los artículos 38 y 18.2 de La Constitución. El primero proclama que la “dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”, y el segundo reconoce como dominicanos a “quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución”.
Su artículo primero dispone “la convalidación de todas las actas renacimiento instrumentadas por Oficiales del Estado Civil sin el cumplimiento de los requisitos legales en el período comprendido entre el 20 del mes de junio de 1929 y el 18 de abril del año 2007, a personas de ascendencia extranjera o no”. El segundo dice que para beneficiarse de esa disposición se requiere “ (a) que la persona titular del acta de nacimiento no tuvo participación directa en la irregularidad de su inscripción en el Registro Civil y (b) que no se trate de duplicidad o suplantación de identidad.”
Este proyecto buscaba también resolver de una vez el problema de los descendientes de inmigrantes que no tienen registro de nacimiento, pero a quienes las constituciones del jus soli (hasta 2010) les otorgaban también la nacionalidad, cuando en su artículo 6 establece una “Regularización documental” condicionada a que “acrediten fehacientemente el hecho del nacimiento, el arraigo y vínculos con la sociedad dominicana”, lo que sería reglamentado.
La convicción de Danilo
Tras admitir esta semana que el gobierno está sujeto a fuertes presiones internacionales por los efectos de la sentencia, (y personas bien informadas indican que son más graves de lo publicado) el Presidente planteó que resolverá el conflicto por convicción personal. Eso remite a sus dos declaraciones iniciales en octubre, tras escuchar a un grupo de desnacionalizados a los que pidió excusas por los daños causados y poco después al visitar la mina de oro de Cotuí. Dejó interrogantes sobre la irretroactividad de la sentencia y planteó una “solución humanitaria”.
Esa convicción fue lo que llevó el gobierno a a firmar el 19 de noviembre un acuerdo con el canciller de Haití, con el aval de Venezuela, para iniciar conversaciones sobre los diferendos binacionales, cuyo segundo punto no deja dudas al reafirmar su voluntad de “avanzar en todas las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad jurídica, el pleno goce y respeto de los derechos de los descendientes de haitianos nacidos en el país”. Venezuela y Haití han estado demandando el cumplimiento del compromiso, tras dos reuniones bilaterales en las que se ha adelantado varios acuerdos. A eso se atribuye las dos suspensiones de la tercera cita, ahora hasta la segunda semana de abril.
La convalidación de las actas y no la naturalización resolvería el conflicto tanto a nivel nacional como internacional y eliminaría un escándalo que ha consumido demasiado tiempo del presidente y sus principales colaboradores, que desacredita a la nación y deja pendientes posibles condenas y hasta sanciones. Sin confrontar la TC-168-13, se podría protege a los que fueron admitidos como ciudadanos, cuyo despojo es lo más inaceptable para todo el mundo.
Fusión de transacción
No hay pacto sin dolor pero hasta los triunfadores en las guerras a menudo tienen que hacer concesiones y transar en aras de la convivencia. El presidente podría hacer una fusión de Convalidación y Naturalización. La primera para reconocer los que estaban registrados como ciudadanos y la segunda para los que no fueron declarados a tiempo. A los ultranacionalistas les ofrendaría el sacrificio de la “regularización documental”, planteada en el artículo 6 del anteproyecto elaborado por el equipo del Ministro de la Presidencia.
La sociedad dominicana está dividida a fondo por el conflicto, y así habría quedado de manifiesto en las consultas del presidente. La encuesta Gallup-HOY de enero indicó que el 58 por ciento de la población (65 en el gran Santo Domingo) considera dominicanos a los hijos de extranjeros indocumentados nacidos en el país inscritos en el Registro Civil. Se percibe un crecimiento de los que comparten la justicia, incluyendo a importantes sectores empresariales, que habrían incentivado al presidente Medina a una solución que conjure el escándalo y evite complicaciones internacionales que podrían afectar el país hasta económicamente.
El intercambio de Medina con el presidcnte de su partido, Leonel Fernández, fue un paso fundamental en dirección a una solución mediante ley, porque este también ha cuestionado la irretroactividad de la sentencia y hasta ha planteado que “Juliana Deguis debe ser considerada dominicana”. Los dos líderes del PLD tienen el poder suficiente para hacer al Poder Legislativo, bajo amplio control de su partido, compromisario de una ley reivindicativa que resuelva tan grave problema.
Debe asumirse que los poderes Ejecutivo y Legislativo tienen suficiente legitimidad, por lo menos tanta como el TC, para tomar una iniciativa que sin confrontar la sentencia 168-13 satisfaga las mayorías nacionales, el interés de la nación y el derecho internacional, en cuyo caso sería aplaudida ampliamente en el país y a unanimidad en el exterior. No se debería descartar que los ultranacionalistas la interpelen en el TC, pero se debe esperar que los jueces tendrán suficiente talento para aceptar el “bajadero” y no desafiar a los otros dos poderes y a la comunidad internacional.
Pero mientras esa posibilidad se materializa, pasarían meses y el gobierno se habrá quitado el peso de encima y logrado el reconocimiento internacional, de los decenas de miles de personas a quienes se haría justicia y de todos los que les respaldan. Si predominara el absurdo tampoco pierde el gobierno, porque entonces sí que tendría que pedir la opinión consultiva de la Corte Interamericana (opción que también tiene ahora) y nadie duda que el TC quedaría enterrado y sus miembros tendrían que renunciar para que se pueda rescatar ese organismo del descrédito. Pero hasta ahí no llegará el conflicto si Danilo Medina y Leonel Fernández quieren, porque no hay tanta independencia judicial.-
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La opción de la Naturalización
Repercusiones positivas
Repercusiones negativas
La opción de la Convalidación
Repercusiones positivas
Repercusiones negativas
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Limitaciones a los derechos políticos de los naturalizados:
* No pueden ser Presidentes o Vicepresidentes de la Republica.
* No pueden ocupar la presidencia o vicepresidencia de los poderes del Estado.
* Solo pueden ser elegidos para los cargos de senadores y diputados diez años después de haber adquirido la nacionalidad dominicana siempre que hayan residido en la jurisdicción cinco años antes de su elección.
* No pueden ser jueces o juezas de la Suprema Corte de Justicia.
* Conforme al artículo 201 de la Constitución, los naturalizados Solo pueden ocupar los cargos de alcaldes, regidores y demás funciones, cuando tengan más de 5 años de residencia en su demarcación.
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