Defensa de Díaz Rúa: “Estoy últimamente que le regalo cosas al MP”

El artículo 11 del Código Penal establece tres situaciones en la que se puede decomisar, que es el cuerpo del delito, cuando sea propiedad del condenado, cosas producidas por el delito y aquellas que sirvieron para su comisión.

SANTO DOMINGO.- La defensa de Víctor Díaz Rúa, principal implicado en el Caso Odebrecht, dice hay un decomiso en el Código Penal, quien alega que el Ministerio Público no especificó cuál era, si el artículo 11 o el 31 de la Ley 32-02, “pero a esta eso se lo voy a regalar”.

 “Hasta eso se lo voy a regalar porque yo estoy últimamente que le regalo cosas al Ministerio Público, la verdad es que pelear con ellos, es pelear como en un grado que no entiendo, eso se lo voy a regalar para que no haya problemas”.

El artículo 11 del Código Penal establece tres situaciones en la que se puede decomisar, que es el cuerpo del delito, cuando sea propiedad del condenado, cosas producidas por el delito y aquellas que sirvieron para su comisión.

Al hablar del cuerpo del delito, la defensa manifestó que el Ministerio Público no le especificó cuál era el cuerpo del delito en contra del acusado y que las propiedades del mismo se quedaron intactas.