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27 Abril 2024

Derechos de los pasajeros aéreos ante las situaciones adversas en sus vuelos

Usted sabrá sobre las distintas alternativas que posee, si se trata de uno o varios vuelos hacia los países de la Unión Europea o si se trata de un vuelo hacia los demás países de mundo, incluyendo, por supuesto, a los Estados Unidos (vuelos internacionales).

Yvelia Batista

Nuestro país, la República Dominicana, es signataria del Convenio de Montreal para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional de 1999, que modificó el antiguo Convenio de Varsovia, otrora ratificado por el Estado dominicano. Sin embargo, hay mucho desconocimiento, sobre los derechos que tiene usted como pasajero aéreo. En las próximas líneas, les informaremos sobre cuáles son estos derechos ante las diferentes circunstancias que pueden acontecer en su vuelo, especialmente para esta época de semana santa.

Usted sabrá sobre las distintas alternativas que posee, si se trata de uno o varios vuelos hacia los países de la Unión Europea o si se trata de un vuelo hacia los demás países de mundo, incluyendo, por supuesto, a los Estados Unidos (vuelos internacionales). Si tu vuelo se retrasa, tus derechos como pasajero aéreo variarán dependiendo del lugar en el que te encuentres. Por eso vamos a mostrarte en líneas generales cuáles son las regulaciones normativas a las que te puedes acoger.

Reglamento europeo

Desde el año 2004 los pasajeros que vuelen dentro de la UE gozan de una protección especial gracias al Reglamento (CE) N.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo. Estos son conocidos como los derechos del pasajero y que en adelante nombraremos como CE 261.

¿Cuáles son sus principales normas de compensación y asistencia?

Incluye no sólo el espacio aéreo de la UE, sino también Islandia, Noruega, Suiza y la llamada “región ultraperiférica” (La Guayana francesa y Martinica, Mayotte, Guadalupe y La Reunión, San Martín, Madeira y Azores y las Islas Canarias). Además, la CE 261 protege también frente muchos vuelos internacionales, tanto si viajas desde dentro de la UE hacia fuera, como desde otro país no europeo hacia la UE siempre y cuando la aerolínea sea europea en este último caso.

Los retrasos que están incluidos son sólo los superiores a 3 horas desde la hora de llegada, que es cuando el avión se encuentra en la puerta de embarque y se abren las puertas.

Las compensaciones económicas irán desde los 250 € hasta los 600 € dependiendo de la distancia del trayecto, si tu vuelo está dentro o no de la UE, y de la duración del retraso.

Junto con el CE 261 todos los pasajeros de vuelos europeos tienen derecho a un reembolso o vuelo alternativo si el retraso es superior a 5 horas; derecho a asistencia, en lo que se refiere a comida, bebida, comunicaciones y alojamiento dependiendo de la distancia del vuelo, el tiempo de retraso y el lugar; y a aumento de prestaciones en caso de aceptar un vuelo alternativo sin coste alguno o a reembolso parcial si la clase es inferior.

Normativa internacional

El Convenio de Montreal, que rige todos los vuelos internacionales que se tomen desde RD, ofrece protección a los pasajeros de vuelos internacionales desde el año 2003 en más de 120 países, incluido EE. UU y la UE. En el caso de retrasos de vuelo, los pasajeros tienen derecho a recibir hasta 4150 derechos especiales de giro, siempre que hayan perdido conexiones a raíz del atraso.

Derechos de los pasajeros aéreos por denegación de embarque u overbooking.

La denegación de embarque es otro de los problemas más habituales con el que se encuentran los pasajeros y frecuentemente está motivado por el conocido como overbooking, que no es otra cosa que vender más billetes que asientos. Vamos a ver cuáles son los derechos de los pasajeros aéreos dependiendo del lugar en el que te encuentres.

Normativa europea

Según la CE 261 solo se cubren las denegaciones involuntarias de embarque siempre y cuando no llegues tarde al embarque, lleves toda la documentación correcta y no crees un problema de seguridad o de salud. Si voluntariamente renuncias a tu asiento a cambio de un reembolso, un vuelo alternativo o cualquier otro tipo de beneficio, también renuncias a tu derecho de compensación según el CE 261.

La compensación económica por denegación de embarque será de 200 Euros, en todos los vuelos de menos de 1.500 km; para los vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km será de 400 €; para vuelos no comunitarios de entre 1.500 y 3.500 km será de 400 €; y para vuelos no comunitarios de más de 3.500 km será de 600 €. Además, a la compensación económica hay que sumar el derecho de obtener un vuelo alternativo o de un cambio de ruta hasta tu destino.

Es importante que sepas que tu compensación debe producirse inmediatamente después de que te hayan denegado el embarque. Es decir, en el propio aeropuerto. Al igual que con los retrasos y cancelaciones de vuelos, también tienes derecho a reembolso o vuelo alternativo, derecho a asistencia y de aumento o reducción de prestaciones.

Vuelos internacionales

El Convenio de Montreal contempla, al igual que con los retrasos y cancelaciones, la reclamación por el daño resultante de la incidencia en el caso de denegación de embarque. Generalmente, incluye ofrecerle al cliente un vuelo extra por compensación, además de que la línea aérea debe cubrir todos los gastos de alojamiento, traslado y comida mientras se logra conectar el vuelo de regreso.

Derechos de los pasajeros aéreos por problemas de equipaje

Los problemas de equipaje están regulados de la misma manera tanto si viajas dentro de la UE como si se trata de un vuelo internacional conforme al Convenio de Montreal que rige en RD.

Tipos de problemas de equipaje:

Equipaje dañado: si tus maletas (facturadas o de mano) se dañan mientras están al cuidado de la aerolínea, ésta tendrá que repararlas o sustituirlas.

Equipaje con retraso: si la maleta no aparece a tiempo y necesitas algo de su interior, la aerolínea debe reembolsarte el coste de su reemplazo. En este caso debes conservar tus recibos de la compra.

Equipaje extraviado: si se pierde tu equipaje, la aerolínea debe compensarte por la maleta y por su contenido, siempre que puedas facilitar documentación de los objetos perdidos y de su valor. Pasados 21 días la maleta extraviada se considera perdida, aunque aparezca posteriormente.

Límite de responsabilidad: el importe de la compensación será algo que tengas que negociar con la aerolínea; sin embargo, debes saber que el límite de responsabilidad estipulado es de 1000 derechos especiales de giro, si no has contratado una cobertura adicional en el mostrador de facturación.

Ante cualquier imprevisto que afecte a alguno de tus derechos como pasajero aéreo que te hemos presentado, es importante que conserves tu tarjeta de embarque, obtengas información detallada del incidente, conserves los recibos de posibles gastos extra, y en el caso de problemas de equipaje guardes tu resguardo del equipaje facturado e informes del daño antes de abandonar el aeropuerto. Cualquier pregunta adicional, no duden en contactarme.

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