¿Será un desfase fortuito, involuntario o deliberado la sorprendente oposición del Procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito al movimiento tendente a despenalizar los llamados delitos de prensa en el país, desconociendo una corriente que toma fuerza a nivel hemisférico?
De esta forma, Domínguez Brito trata de frustrar un ingente esfuerzo de medios y periodistas para erradicar un mecanismo que coarta el libre ejercicio periodístico por el denominado efecto de cascada en casos de demandas por difamación e injuria.
Como buen jurista, ¿cómo es posible que el más alto representante del Ministerio Público trate de que se perpetúe una disposición que contradice la Constitución de la República, que en uno de sus postulados establece claramente que nadie puede ser responsabilizado por el delito o la falta cometida por otra persona?
En otro orden, ¿es que ya Domínguez Brito ha desistido de forma definitiva a sus aspiraciones presidenciales, porque la posición asumida le pone en su contra un sector que por la propia naturaleza de su trabajo está llamado a influir de forma decisiva en la opinión pública?
Otra pregunta relevante: ¿habrá tomado Domínguez Brito esta postura de manera individual o siguiendo alguna directriz, sabe Dios proveniente de qué sector y con fines desconocidos?
Parece que este funcionario anda muy en consonancia con personajes del hemisferio, enemigos de la libertad de prensa como el presidente de Ecuador, Rafael Correa, quien acaba de formalizar una mordaza con una nueva serie de “delitos de prensa” que privilegian al gobierno por sobre el derecho humano a la información de los ciudadanos, tal cual es concebido en los tratados internacionales sobre la materia.
El sábado 22 de junio el presidente Correa rubricó sin cambios la criticada Ley promulgada una semana antes por la Asamblea Nacional. La disposición, que deberá entrar en vigencia a partir de su publicación oficial, tipifica como delito el llamado “linchamiento mediático”, definido como la difusión reiterada de información con el propósito de desprestigiar o reducir la credibilidad de personas físicas o jurídicas.
Las experiencias negativas en el continente indican que leyes de este tipo establecen de hecho la censura previa y crean las instancias que identificarán y sancionarán las violaciones, dando al oficialismo el poder absoluto para eliminar la libertad de expresión y de prensa.
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) ha advertido que “esta figura debilitará los procesos de investigación periodística e impedirá que el público, que la ciudadanía conozca lo que los poderes tratan de ocultar».
Por tu trayectoria de lucha en favor de la ética y la integridad desde los poderes públicos, dudamos que este sea el propósito de Domínguez Brito frente a los delitos de prensa, pero sólo a él corresponde aclarar las dudas y cuestionamientos generados por su inexplicable comportamiento.
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