Dictan 10 años de prisión contra hombre que mató a su amigo de varias estocadas

Según el comunicado, el suceso ocurrió el pasado10 de marzo del 2022, cuando se produjo una discusión entre ambos que culminó cuando García le propinó varias estocadas a Coronado con un pedazo de tijera

SANTO DOMINGO.- Los jueces del Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictaron 10 años de prisión a Franklin Antonio Amenda García acusado de matar de varias estocadas a su amigo Darío Coronado Rincón por viejas rencillas personales, en un hecho registrado en el año 2022, en el sector Simón Bolívar, en el Distrito Nacional. 

Franklin Antonio Amenda García alias “Bocu”, deberá de cumplir la pena en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

Según el comunicado, el suceso ocurrió el pasadon 10 de marzo del 2022, cuando se produjo una discusión entre ambos que culminó cuando García le propinó varias estocadas a Coronado con un pedazo de tijera, provocándole la muerte, en la calle Marco Polo, del sector Simón Bolívar.

De igual modo, relata que una de las personas que se encontraba en el lugar le mostró a los agentes un video de una cámara de seguridad con el que se identificó el agresor.

Al momento de García ser arrestado frente a un garaje ubicado en la esquina formada por las calles Albert Thomas con San Antonio, se le ocupó un pedazo de tijera con una empuñadora de plástico color negro, arma que habría utilizado para agredir a la víctima, según la nota de prensa.

En tanto, en el informe de autopsia judicial expedido por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), establece que Darío Coronado falleció de manera rápida a causa de una herida cortopenetrante en el hemitórax izquierdo que le provocó una hemorragia interna por lesión de tronco arteria pulmonar, mortal de necesidad, calificando el hecho como homicidio. 

La Fiscalía del Distrito Nacional otorgó al caso la calificación jurídica de violación a los tipos penales de homicidio voluntario y violación a la Ley de Armas, delitos previstos y sancionados por los artículos 295 y 304, párrafo II, del Código Penal Dominicano, así como los artículos 83 y 86 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados en la Republica Dominicana.