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Dictan 20 años de prisión contra hombre que asaltó a mano armada a otro que retornaba de EEUU

El condenado no logró despojar a la víctima de sus pertenencias y salió huyendo del lugar de los hechos que fueron captados por una cámara de vigilancia, expresa la acusación.

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SANTO DOMINGO.- Una condena de 20 años de prisión fue dictada en contra de un hombre que asaltó a mano armada a otro en momentos en que llegaba desde los Estados Unidos a su vivienda, en el sector Brisas del Edén, del municipio Santo Domingo Este.

El Primer Tribunal Colegiado de esta jurisdicción, que preside la jueza Elizabeth Rodríguez, dictó la sentencia a José Arístides Cuevas de los Santos (Joan) y ordenó que la cumpla en la Penitenciaría Nacional de La Victoria.

El expediente instrumentado por el fiscal investigador Geivis Tapia, relata que el asalto fue perpetrado en contra de Juan Alberto García Cruceta (Carepote). Detalla que Cuevas de los Santos le realizó varios disparos en diferentes partes del cuerpo a la víctima al resistirse al atraco. 

Señala que antes de que García Cruceta desmontara su equipaje en la galería de su vivienda, se presentaron al lugar los nombrados José Arístides Cuevas de los Santos y un tal “Alejandro” (prófugo), en una motocicleta conducida por éste último.

Luego, el procesado se desmontó con el arma de fuego, exigiéndole que le entregara las cadenas que llevaba puestas, a lo que la víctima se negó, mostrando resistencia. Explica que, en esas circunstancias, se formó un forcejeo en el que García Cruceta recibió varios disparos.

El hoy condenado no logró despojar a la víctima de sus pertenencias y salió huyendo del lugar de los hechos que fueron captados por una cámara de vigilancia, expresa la acusación.

En el juicio, el fiscal litigante Juan Miguel Vásquez, demostró con pruebas documentales, visuales y periciales, la responsabilidad penal de Cuevas de los Santos, logrando que fuera condenado por violar los artículos 265 266, 295, 304, 382, 383 y 386 del Código Penal Dominicano, que sancionan la asociación de malhechores, robo y crímenes y delitos sobre las propiedades, y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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