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Dictan ocho meses de prisión preventiva contra supuestos cabecillas red de explotación sexual en La Romana

Prisión

Relata que los dos hombres se encargaban de trasladabar supuestamente a las adolescentes a diferentes lugares a bordo del vehículo marca Hyundai, para explotarlas sexualmente por sumas de dinero que oscilaban entre los US$150 y US$175 dólares estadounidenses.

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LA ROMANA.- La jueza Franchesca Silvestre Gálvez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Romana, dictó 8 meses de prisión preventiva en contra de dos hombres acusados de delitos de trata de personas, bajo la modalidad de explotación sexual de adolescentes.

La medida de coerción fue dictada contra Jhonfy Joel Acosta Núñez y Yovanny Luima Moni, quienes deberán cumplirla en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Cucama, de La Romana.

De acuerdo al comunicado, los procesados fueron arrestados durante un allanamiento en una casa en La Romana, lugar en el que además fueron rescatadas nueve adolescentes y se incautaron bebidas alcohólicas y preservativos.

Relata que los hombres se encargaban de trasladabar supuestamente a las adolescentes a diferentes lugares a bordo del vehículo marca Hyundai, para explotarlas sexualmente por sumas de dinero que oscilaban entre los US$150 y US$175 dólares estadounidenses.

El documento también expone que tras el imputado Luima Moni ser arrestado se le ocupó la cantidad de setenta y cinco mil pesos dominicanos (RD$75.000.00), mientras que a Acosta Núñez le fue incautado un celular marca Samsung, modelo Galaxy A51, entre otros objetos. 

Las autoridades además han ocupado en el proceso otros teléfonos móviles de diferentes marcas y prendas de vestir y otros ajuares femeninos, entre otras pertenencias. 

En tanto, el caso ha recibido la calificación jurídica de trata de personas con fines de explotación sexual (agravado), los cuales se encuentran tipificados y sancionados en las disposiciones de los artículos: 1 (a), (h); 3 y 7, letras C, D, y E, de la Ley 137-03 sobre el Tráfico ilícito de Migrantes y Trata de Personas, y de los artículos 330 y 331 del Código Penal Dominicano. 

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