Santo Domingo.-Tras la aprobación en segunda lectura del proyecto de ley de emisión de bonos de deuda pública por un monto superior a los 344 mil millones de pesos, diputados opositores advirtieron que dichos recursos serán utilizadas para campañas políticas y abultamiento de nómina.
“Los resultados de la ley de tasa cero del año pasado están ahí, en este vuelve el gobierno y pone un “caramelito”, con la azúcar que supuestamente fue eliminada pero después la pusieron entre los 44 productos de la canasta básica y va a ocurrir lo mismo, aquí lo único que quiere el presidente Luis Abinader, es darle unos permisos de importación a dos o tres importadores que apoyaron su campaña política, para buscar recursos e imponer la reelección, que el pueblo rechaza”, afirmó, Tobías Crespo.
Asimismo el diputado del PLD, Luis Henríquez, expresó, que con dicho préstamo se está lacerando la institucionalidad, “porque dicha ley de bono, viola el artículo 43 de la ley 6606 de Crédito Publico, pues se utiliza los recurso de préstamos para pagos en nómina y gastos corrientes”.
“Este Congreso Nacional, se utiliza como una sucursal más, para solo aprobar el proyecto de ley que va en beneficio de los importadores y poniendo a la parte productiva nacional por debajo de la mesa, por debajo de la prioridad… Estamos haciendo un llamado a organismos civiles de la sociedad dominicana que ayer luchaban, para que también se pronuncien sobre el deterioro que estamos llevando en relación a la cantidad de préstamos en la República Dominicana”, indicó, Henríquez.
La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley de emisión de bonos de deuda pública por un monto superior a los 344 mil millones de pesos.
Dicho proyecto, contó con una votación de 101 votos a favor y 42 en contra, la pieza ahora, pasa al Senado de la República para su ponderación.
La Cámara Baja también aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que, de manera provisional, grava con tasa cero en el arancel de aduanas el azúcar, en sus tipos crema y refino, y faculta al Poder Ejecutivo a tomar medidas especiales en situaciones de emergencia o desastre, legalmente declarados, que generen desabasto de bienes que compongan la canasta familiar.