“El Estado de Derecho consiste en la sujeción de la actividad estatal a la Constitución y a las normas aprobadas conforme a los procedimientos que ella establezca, que garantizan el funcionamiento responsable y controlado de los órganos del poder, el ejercicio de la autoridad conforme a disposiciones conocidas y no retroactivas en términos perjudiciales, y la observancia de los derechos individuales, colectivos, culturales y políticos.”
República Dominicana aprobó hace poco una nueva Constitución y ha estado inmersa en un proceso de reforma judicial que impacta al sistema de administración de justicia. De manera que han sido tocados lo dos principales pilares del Estado de Derecho: La Constitución y la separación de los poderes del Estado.
En cuanto a la Constitución, si bien algunos consideraran que no es perfecta, lo cierto es que la mayoría coincide en que la nueva carta magna nos acerca más al Estado de Derecho que la anterior, no constituyó un retroceso.
Lo mismo puede decirse del sistema de administración de justicia, si bien los cambios y reformas necesarios no se han hecho con la celeridad necesaria, difícilmente podría encontrarse a alguien que, fuera de un discurso politiquero y coyuntural, no reconozca los avances que como sociedad hemos tenido en términos del fortalecimiento del rol del Poder Judicial como garante de los derechos de los ciudadanos.
No obstante, así como es innegable el avance del Poder Judicial y del sistema de administración de justicia en general, también es cierto que como sociedad estamos lejos de que las personas sientan que sus derechos están realmente garantizados y que existe un sistema de administración de justicia imparcial, independiente, ante el cual acudir en caso de que sus derechos sean vulnerados. Estamos lejos de ser una sociedad en la que se pueda afirmar que nadie está por encima de la ley y que gozamos de un real Estado de Derecho.
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