SANTO DOMINGO.- Los trabajadores que presten servicios en este 19 de septiembre del 2022, declarado no laborable por el Poder Ejecutivo, deberá pagársele el salario aumentado en un ciento por ciento (100%) como lo establece el artículo 205 del Código de Trabajo, así lo manifestó el Ministerio de Trabajo.
Esta resolución es publicada en virtud del decreto 536-22, dictado por el presidente de la República, Luis Abinader, en fecha 18 de septiembre del 2022, donde declara día no laborable el lunes 19 de septiembre del 2022, por el paso del huracán Fiona por el territorio nacional.
El Ministerio de Trabajo también instruyó a los empleadores y trabajadores a tomar todas las medidas necesarias para salvaguardar su vida y los bienes para la producción nacional al paso del huracán Fiona.
“Las demás empresas en los cuales, por común acuerdo entre empleadores y trabajadores, se decidió prestar servicios, se deberá hacer siempre garantizando la integridad física de las partes, así como de los bienes de la empresa, con fines de garantizar la seguridad de los empleados que acudan o las instalaciones”, dice el documento.
El artículo 205 del Código de Trabajo indica que “cuando por convención entre las partes, el trabajador preste servicios en un día declarado legalmente no laborable, recibirá como retribución el salario a que tiene derecho aumentado en un ciento por ciento”.