SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Asociación de Industriales y Empresarios de Haina y del Sur (AIEHAINA) interpuso un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) con el que pretende procurar la nulidad definitiva de una licencia ambiental que favorece la construcción y operación de un relleno sanitario en Haina, por haber sido otorgada con serias irregularidades legales.
A la licencia ambiental número 0296-15, emitida el 13 de julio de 2015 por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que está suspendida de manera temporal, se contraponen las empresas Quala Dominicana, S.A., PROQUALA, S.A., Laboratorios Magnachem International, S.R.L., Ferretería Maderera El Rubio, S.R.L., Font Gamundi, S.A. y demás industrias afiliadas al gremio.
Las empresas representadas por AIEHAINA señalan que, de manejarse residuos procedentes de las provincias San Cristóbal, Santo Domingo y Peravia en la sección El Naranjal del municipio Bajos de Haina, como lo estipula el proyecto a desarrollar por la compañía Tresa, se infringiría dos resoluciones importantes del Concejo de Regidores del Ayuntamiento municipal.
Las resoluciones 3-89 y 4-99 emitidas por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento de Bajos de Haina impiden la recepción de basura proveniente de otras demarcaciones; sumado al hecho de que dicha entidad municipal no ha aprobado la construcción del relleno sanitario.
“En razón de que el tratamiento y disposición final de residuos sólidos constituye un servicio público municipal, cuya competencia pertenece a los ayuntamientos”, según enuncia el documento legal.
Los recurrentes afirman que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales ignoró la naturaleza pública del servicio de tratamiento de residuos sólidos al aprobar construcción del relleno sanitario sin la anuencia del Ayuntamiento de Bajos de Haina, sobrepasando sus atribuciones y violando más de dos décadas de normativa municipal.
Otras violaciones
Asimismo, según refiere el recurso interpuesto, la licencia viola la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Norma para Gestión Ambiental de Residuos Sólidos No Peligrosos, ya que se pretende que el relleno sea construido y operado a distancias inferiores de 306.48 metros cuadrados de zona poblada, cuando la norma obliga el respeto de una distancia mínima de 1,500 metros cuadrados.
En este sentido, el documento también resalta que las implicaciones ambientales del relleno sanitario están proporcionalmente conectadas también por localizarse a una distancia de 69.95 metros del arroyo Itabo, lo que infringe la norma ambiental vigente y se traduce en una potente amenaza al recurso acuífero del que se sustenta los asentamientos urbanos del municipio de Haina.
Del mismo modo, AIEHAINA argumenta que, con la licencia, el Ministerio de Medio Ambiente también incumple las leyes 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, así como la 340-06 sobre Compras y Contrataciones en lo referente a la omisión completa del procedimiento de licitación pública y contratación para conceder este servicio a una empresa privada.
Amenaza inminente
Las empresas recurrentes califican de amenaza inminente si se llega a recibir diariamente unas 4,600 toneladas de basura al lado del Arroyo Itabo, ya que supondría un daño sin precedentes que “perjudicaría notablemente la operatividad y sostenibilidad de las empresas localizadas en la Zona Industrial de Haina, especialmente aquellas dedicadas a la fabricación de alimentos y medicamentos”.
Este contexto también provocaría la rescisión de contratos millonarios por parte de socios internacionales de las empresas que operan en el área industrial, si estos se enteran que sus compañías funcionan a grandes cercanías de un relleno sanitario que acoge cerca de 5,000 toneladas de basura.
Por tales motivos, los empresarios agrupados en el AIEHAINA elevan este recurso en virtud del artículo 139 de la Constitución de la República y hacen el presente llamado a fin de que la TSA controle la legalidad de este permiso, que de continuar vigente representaría serias consecuencias al municipio sancristobalense y una inminente violación al ordenamiento jurídico.
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