Washington.- Estados Unidos autorizó este jueves transacciones a Venezuela, prohibidas por las sanciones, siempre y cuando estén relacionadas con las «labores de socorro» por los terremotos del miércoles, que han dejado hasta el momento más de 180 muertos.
Alcance y plazo de la autorización
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió una orden que permite estas operaciones hasta el próximo 23 de octubre de 2026, que «de otro modo, estarían prohibidas por el Reglamento de Sanciones contra Venezuela (VSR, por sus siglas en inglés)».
La directriz deja claro que esta autorización no incluye el desbloqueo de bienes sujetos al reglamento de sanciones, en el marco legal establecido por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).
- Tampoco aplica a «ninguna otra transacción o actividad prohibida por otra Orden Ejecutiva o por cualquier parte» estipulada en el capítulo de sanciones aplicadas.
Límites de la licencia de la OFAC
Desde la captura del expresidente, Nicolás Maduro, en enero pasado, Estados Unidos ha emitido contados permisos y licencias en torno a la explotación y comercialización del petróleo, de la mano de la presidenta interina, Delcy Rodríguez, lo que supone una flexibilización del régimen de sanciones.
La autorización de hoy se aplica en virtud de la tragedia desencadenada por dos terremotos de magnitud 7,2 y 7,4 que se registraron con apenas 39 segundos de diferencia, los más devastadores de su historia reciente.
Previamente, el Departamento de Estado de EE. UU. anunció en un comunicado el envío de 100 millones de dólares para la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA) en Venezuela, y otros 50 millones para operar sobre el terreno.
Las sanciones económicas internacionales suelen ser instrumentos de política exterior utilizados por algunos Estados para restringir transacciones financieras, comerciales o de inversión con un país determinado, con el objetivo de ejercer presión política o económica. Sin embargo, en situaciones de desastres naturales o crisis humanitarias, estos regímenes suelen incluir excepciones que permiten la entrada de ayuda humanitaria.
En el caso de Venezuela, las sanciones impuestas por Estados Unidos han afectado históricamente diversas operaciones financieras y comerciales, limitando, en algunos casos, las transacciones internacionales.
«No obstante, el marco legal contempla licencias especiales que autorizan actividades vinculadas a la asistencia humanitaria, especialmente cuando se trata de emergencias que afectan directamente a la población civil».
Ante eventos de gran magnitud, como terremotos, la comunidad internacional suele activar mecanismos de cooperación humanitaria coordinados por agencias multilaterales, como la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), con el fin de facilitar recursos, equipos de rescate y apoyo logístico en zonas afectadas.
Este tipo de flexibilizaciones temporales dentro de los regímenes de sanciones reflejan la práctica internacional de priorizar la atención de emergencias humanitarias, permitiendo que la ayuda llegue más rápidamente a las poblaciones.
En este contexto, este tipo de decisiones también refleja la necesidad de separar las dinámicas políticas de las respuestas humanitarias, priorizando la protección de vidas humanas por encima de las restricciones financieras o diplomáticas existentes. Esto permite que gobiernos, organizaciones internacionales y agencias de ayuda puedan coordinar acciones más rápidas y efectivas en situaciones de emergencia.