Este sábado podría haber intermitencias en el servicio de pagos al instante

El servicio de Pagos al Instante del BCRD entre las 12:00 p.m. y las 11:00 p.m

SANTO DOMINGO.- El Banco Central de la República Dominicana (BCRD) ha emitido un aviso dirigido a los agentes económicos y al público en general informando que el sábado 27 de julio de 2024, la Corporación SWIFT, responsable del flujo de pagos en el país, llevará a cabo su ejercicio mundial habitual de continuidad de negocio en su plataforma.

Este ejercicio, que tiene como objetivo asegurar la calidad del servicio de mensajería de pagos, podría causar algunas intermitencias en el servicio de Pagos al Instante del BCRD entre las 12:00 p.m. y las 11:00 p.m. Durante este periodo, los usuarios podrían experimentar interrupciones temporales en el servicio.

El Banco Central de la República Dominicana pide disculpas por cualquier inconveniente que esta situación pueda causar y solicita la comprensión de los usuarios. Estos ejercicios son esenciales para mantener y mejorar la eficiencia y seguridad del sistema de pagos provisto por la Corporación SWIFT.

Pagos al Instante

El Banco Central explica en su página web el pago al instante es un servicio de transferencia de fondos en tiempo real a través de las entidades de intermediación financiera, haciendo uso de las plataformas electrónicas de estas últimas y del sistema LBTR. Estas operaciones deberán ser abonadas a más tardar 8 (ocho) minutos después de aceptada la orden de pago en las plataformas electrónicas del participante originador.

El servicio de Pagos al Instante opera los 7 días de la semana de 7:00 a.m. a 11:00 p.m., con un cierre transitorio de 4:00 p.m. a 6:30 p.m. de lunes a viernes, y en horario corrido los fines de semana y días feriados. Los pagos instruidos fuera de ese horario, se hacen efectivos a las 8:00 a.m. del siguiente día laborable. Adicionalmente, los Pagos al Instante están disponibles en las oficinas bancarias y a través de formularios electrónicos, en horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Con relación a las operaciones denominadas en dólares, no existirá obligación de tramitar las transferencias a través de bancos corresponsales. La EIF originadora del pago podrá hacer conversión de moneda en el caso de que la cuenta beneficiaria sea de moneda diferente. En las plataformas de las EIF deben especificarse los tipos de cuentas y monedas origen y destino.

La tarifa cobrada por los bancos es un monto fijo, nunca será un porcentaje de la transferencia. Además, les está prohibido realizar descuentos al monto de la transferencia por parte del banco receptor del pago.