Santo Domingo.– El jurista Félix Damián Olivares explicó este lunes los alcances y limitaciones del criterio de oportunidad en procesos judiciales vinculados a casos de corrupción administrativa, a propósito del acuerdo alcanzado por el empresario Maxi Montilla con las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDES) y el Ministerio Público.

Durante una entrevista en El Despertador; Olivares sostuvo que, aunque no ha dado seguimiento específico al caso, la legislación dominicana permite alegaciones preacordadas, conocidas en Estados Unidos como plea bargain, mediante las cuales los imputados pueden colaborar con las autoridades y devolver fondos al Estado a cambio de beneficios procesales. “Se trata de acuerdos para redefinir y solucionar un conflicto, en este caso un conflicto en donde se diría que hubo manejos privilegiados”, explicó.

 Lavado de activos 

El abogado advirtió que la legislación penal vigente es “muy obsoleta”, con penas máximas de dos años en casos de desfalco, malversación de fondos, cohecho o soborno, y sin tipificación del tráfico de influencias. Por ello, el Ministerio Público ha recurrido a figuras como el lavado de activos para perseguir delitos complejos. La parte que más le duele al corrupto es el bolsillo, y tres mil millones de pesos devueltos al Estado son una suma significativa, señaló.

Respecto al debate sobre si un acuerdo puede realizarse sin que exista un proceso formalmente abierto, Olivares indicó que la declaratoria de extinción de la acción penal debe ser pronunciada por un tribunal, aunque en la práctica los plazos de investigación puedan considerarse vencidos.


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Nuevo Código Penal

Explicó que, aunque se haya iniciado la inmovilización de bienes o el congelamiento de cuentas como medidas de coerción, esto marca el inicio del proceso y de los plazos, aunque no se pronuncie formalmente por un juez.

Olivares también abordó el nuevo Código Penal, aprobado recientemente pero aún en período de vacatio legis. Destacó que introduce sanciones más severas, tipifica delitos modernos como el tráfico de influencias y el genocidio, y fortalece el régimen sancionador contra la corrupción.

Va a obligar a estudiar la teoría del delito como base, y eso es positivo para uniformar criterios, dijo, resaltando el papel de la Suprema Corte de Justicia y la Escuela Nacional de la Judicatura en su correcta aplicación.

En cuanto al caso específico de Montilla, Olivares explicó que, aunque el empresario no fue funcionario público sino suplidor privado, su acuerdo contempla la devolución de fondos y la posibilidad de testificar en contra de otros implicados en la querella presentada en 2021 por las EDES.

Esto permitiría que, pese al tiempo transcurrido, las autoridades puedan retomar la investigación y presentar acusaciones contra los demás implicados.