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FINJUS se opone a penas máximas de 60 años en el nuevo Código Penal

El documento, realizado por el vicepresidente ejecutivo de FINJUS, Servio Tulio Castaños Guzmán, indica que se amplía la extorsión y el chantaje, dando lugar a situaciones que agravan la pena, como por ejemplo, cuando estas se acompañan de lesión o muerte. Igualmente, se fortalece la tipicidad en el delito de estafa.

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SANTO DOMINGO.- La pena máxima de 60 años de prisión contemplada en el nuevo Código Penal vulnera sus propios postulados, pues su imposición  impediría el ejercicio del “principio resocializador” que fundamenta el Código en sus postulados generales, advierte la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) en un análisis de la pieza, actualmente en curso de aprobación en el Congreso.

En un documento de 41 páginas, FINJUS indica que el  modelo actual la pena máxima es de 30 años de reclusión mayor y en el proyecto pueden ser aumentadas hasta los 60 años de prisión.

“Empero, la pena de prisión de 60 años será impuesta, única y exclusivamente, cuando estemos en presencia del concurso de infracciones, aunque no por ello deja de ser excesivo el incremento punitivo”, señala Castaños Guzmán.

A seguidas añade que la pena máxima pasará a ser de 40 años y que el mínimo de la pena se establece desde los 15 días de prisión, con lo que estos postulados sostienen “una finalidad punitiva meramente retributiva, sustentada sobre la base del merecimiento de pena y no así sobre el fundamento de la necesidad de la pena”.

Asimismo, FINJUS sostiene que, adicionalmente, la criminología y las modernas corrientes de política criminal, así como la misma ciencia del derecho penal han demostrado fehacientemente que el incremento de las penas no previene la infracción.

Castaños Guzmán indica que el incremento desconsiderado de la carga punitiva conlleva un coste económico al Estado que pudiera resultar contraproducente en su aplicación resocializadora y reeducadora.

En ese sentido, para FINJUS dice que “resulta evidente la influencia que ha tenido en nuestro país y, sobre todo, en nuestros legisladores el denominado populismo punitivo”.

En otra de sus observaciones, FINJUS advierte que el nuevo Código deja un “vacío frente a los hechos post-delictuales cometidos por sujetos peligrosos, y con ello, las medidas de seguridad quedarían prácticamente habilitadas para los denominados inimputables”.

En su documento, que tiene una introducción con breve reseña histórica y que toca además aspectos generales, FINJUS analiza los principios fundamentales y responsabilidad penal, las infracciones contra las personas, los bienes y la propiedad y las cometidas contra el Estado, la nación, la confianza y la seguridad pública.

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