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Identificadas las reformas electorales fundamentales

Con frecuencia se buscan pretextos para no actualizar la legislación electoral, como las diferencias sobre las elecciones primarias, el voto preferencial y la equidad de género, ahora se agrega si votar debe ser obligatorio o voluntario, tratando de evadir los capítulos fundamentales que son:

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Una vez más los actores políticos dominicanos discuten las reformas fundamentales para garantizar la democracia interna de los partidos y en los procesos electorales que fortalezcan la institucionalidad y  hagan prevalecer los derechos ciudadanos por encima de los poderes y recursos del Estado y de la concentración económica.

Casi siempre los partidos que controlan el gobierno son los más renuentes al establecimiento de normativas por ser los más beneficiarios de uno de los regímenes  electorales menos regulados, a pesar de numerosos consensos y acuerdos pactados, lo que ha contribuido a la degeneración y desguañangue del sistema partidista.

Muchos intentos fallidos

Se cuentan muchos intentos fallidos de actualizar la legislación electoral dominicana, considerada entre las de menos regulaciones en América Latina, desde que en 1993 se produjo un consenso entre los partidos y organizaciones sociales, auspiciado por la Fundación Siglo 21 y el Proyecto Iniciativas Democráticas, parcialmente rescatado por la reforma político-constitucional a que obligó la crisis derivada del fraude electoral de 1994.

El Diálogo Nacional convocado por el presidente Leonel Fernández dispuso la elaboración de una ley de partidos, que materializó en 1999 su Comisión para Reforma y Modernización del Estado, siendo ratificada en el 2001 por el Consejo para la Reforma del Estado del presidente Hipólito Mejía. Con variantes, el proyecto ha sido introducido al Congreso por legisladores en unas cinco ocasiones y otras tres por la Junta Central Electoral (JCE). Fue objeto de un acuerdo PLD-PRD en el llamado pacto de las corbatas azules del 2009 y de un pacto firmado por los candidatos presidenciales en el 2012.

Los proyectos de Ley de Partidos y Ley del Régimen Electoral que ahora se discuten en el Congreso fueron elaborados por una misión técnica contratada por la JCE con la Organización de Estados Americanos, en el 2011, en interés de adaptar la legislación electoral al nuevo marco dispuesto por la Constitución proclamada en enero del 2010. Partieron de los múltiples consensos previos y nuevas consultas a partidos y organizaciones sociales. Pero pasaron las elecciones del 2012 y 2016 sin ser aprobados. Fueron reintroducidos en el 2013 y en febrero pasado.

Con mayores expectativas

Los proyectos están ahora en manos de una comisión bicameral, creada en abril con participación de todos los partidos representados en el Congreso, que expresan mayores expectativas de que esta vez salgan adelante. Han escuchado a la JCE, a los partidos políticos y las organizaciones sociales más interesadas en las reformas políticas y en vistas públicas abiertas.

Los tres partidos que dominaron el escenario político del último medio siglo han sido renuentes a actualizar las normativas electorales cuando han estado en el gobierno, porque les reducirían las ventajas y abusos del poder derivadas de las limitadas regulaciones. Se complicó a partir del poder concentrado por el PLD desde su retorno al gobierno en el 2004 y las elecciones congresuales y municipales del 2006, y más aún con la reforma constitucional que generó la elección de nuevos integrantes de los órganos judiciales y electorales desde el 2010.

En abril del 2015 la Cámara de Diputados, bajo control del PLD, aprobó de urgencia un proyecto de ley de partidos que evadía las reformas que habían sido objeto de consenso   en medio de un rechazo social y político generalizado, y con irregularidades procesales que le ganaron una declaración de inconstitucional.

Las expectativas son mayores ahora por la crisis política generada por los escándalos de corrupción, especialmente el de los sobornos y sobrevaluaciones de Odebrecht, con su consecuencia de la Marcha Verde que ha sacudido el gobierno y la sociedad. Muchos actores políticos, aún de los gobernantes, parecen aceptar que las reformas políticas son fundamentales para reducir la corrupción y la impunidad y contener  la calentada temperatura social.

Capítulos fundamentales

Con frecuencia se buscan pretextos para no actualizar la legislación electoral, como las diferencias sobre las elecciones primarias, el voto preferencial y la equidad de género, ahora se agrega si votar debe ser obligatorio o voluntario, tratando de evadir los capítulos fundamentales que son:

Garantizar la democracia interna en los partidos, en su dirección y en la elección de candidatos y en la participación femenina;

Transparentar y limitar las fuentes de financiamiento  y las contribuciones, prohibiendo las de empresas públicas y privadas, gobiernos e instituciones internacionales;

Restringir el gasto, las jurisdicciones de propaganda y los períodos de las campañas, electorales tanto internas como nacionales;

Prohibir efectivamente todo abuso de los recursos y poderes del Estado, incluyendo los repartos clientelistas, barrilitos, cofrecitos, el incremento del gasto social, del déficit fiscal y los empleos públicos en los períodos de campaña, con licencia para los altos funcionarios que dirijan campañas o sean candidatos, así como suspensión de inauguraciones, así  como las compras y alquiler de cédulas;

Establecer un régimen de sanciones efectivas a las violaciones, que tendría que implicar suspensiones del financiamiento público y de candidaturas en los casos de graves,  violaciones a las normativas, con un procurador especial para delitos electorales;

Absoluta independencia partidaria de los integrantes de la JCE, las Juntas Electorales Municipales, el procurador especial y el Tribunal Superior Electoral.

Síntesis de P. Ciudadana

Los principales partidos, tanto el de gobierno como de la oposición, han presentado propuestas de actualización de la legislación electoral, lo mismo que las instituciones sociales que por su naturaleza y objetivos más se interesan en la temática como la Fundación Institucionalidad y Justicia y el movimiento cívico Participación Ciudadana (PC). Este último presentó ante la comisión bicameral un análisis resumen de los dos proyectos, y sus propuestas adicionales, la mayoría concordantes con las de la Finjus.

El documento de PC, ya editado en un folleto y en su página de internet, considera bien avanzado el proyecto de la JCE sobre Ley de Partidos, pero considera que el del Régimen Electoral se queda corto, con un extenso articulado sobre mecanismos operativos tradicionales, que no se discute, y al que propone múltiples adiciones, como se puede apreciar en los resúmenes anexos.

Para dirimir las diferencias sobre las elecciones primarias, PC plantea que puedan hacerse el mismo día o en fechas diferentes, pero dentro de un plazo y con campañas controladas limitadas a 90 días, con padrón propio, previamente registrado, o el universal de la JCE, pero siempre bajo supervisión. Defiende el principio de la igualdad de género y el voto preferencial no sólo para diputados, sino también para regidores, y el derecho ciudadano a elegir por separado los diputados del senador y los regidores del alcalde. Es decir ampliar el derecho a preferir, a elegir de los ciudadanos, no restringirlo, como plantean algunos, como el Foro que agrupa a los partidos pequeños y emergentes, a quienes el voto preferencial les impide que les garanticen curules en la alianzas, contando con las cúpulas partidarias y no con los electores.-

Normas relevantes en el proyecto de Ley de Partidos de la JCE 

  • Obliga a actualizar cada año en la JCE el padrón de miembros de los partidos
  • Nadie podrá estar afiliado a más de un partido, prevaleciendo la última.
  • Rendir cuenta de sus actividades y actos administrativos.
  • Fomentar la formación política y cívica de afiliados y ciudadanos.
  • Prohibición de influir por amenazas, coacciones o dádivas para obtener votos o provocar abstención, despojar de candidaturas ganadas, imponer deducciones de salarios y utilizar bienes y fondos públicos.
  • Garantiza la democracia interna, igualdad de derechos y deberes.
  • Renovación periódica de los organismos directivos y escogencia de candidatos por votación de todos los miembros.
  • Elecciones primarias para escoger candidatos en fecha determinada por el partido, entre un año y siete meses antes de cada elección, organizada por la JCE o  por el partido con supervisión y fiscalización de la JCE.
  • El padrón para las primarias podrá ser el universal o el partidario.
  • Declara ilícito cualquier financiamiento estatal, excepto el del presupuesto nacional.
  • Del financiamiento estatal 25% para educación, 50% para gastos administrativos y 25% para organizar los procesos electorales.
  • Presentar a la JCE en febrero de cada año un presupuesto desglosado como condición para recibir financiamiento estatal.
  • La nómina de los contribuyentes al financiamiento de los partidos deberá colocarse en la página web. Ilícitas las contribuciones de gobiernos e instituciones extranjeras.
  • La JCE creará una unidad de control para supervisar el financiamiento de los partidos con tope de gastos de precampañas y campañas, con sistemas de contabilidad detallados, con mecanismos de control.
  • Restringe el financiamiento estatal al que reciba contribuciones prohibidas y no lleve el sistema de contabilidad en cuenta única.
  • Además de las penalidades del Código Penal, multas de 50 a 200 salarios mínimos por violaciones a esta ley, y multa del doble del monto por financiamiento ilegal.

Agregados de Participación Ciudadana

  • Mecanismos que garanticen la democracia interna y la equidad de género en todos sus organismos, con sanciones específicas disuasorias.
  • Que los mecanismos anti fraudes se extiendan a la elección de dirigentes
  • Limitar al 10% las candidaturas reservadas para dirigentes y aliados.
  • Establecer límites firmes del tiempo de las campañas electorales, nacionales y primarias, a tres meses antes de cada elección, con sanciones disuasorias.
  • Restringir la propaganda publicitaria en los medios de comunicación a la jurisdicción de las candidaturas, con límites de gastos.
  • Especificar la prohibición de financiamiento por las empresas privadas.
  • Que sea menos desproporcionado el financiamiento de los partidos, con 70% a los que obtengan más del 5% de los votos, y más escalonado a los restantes.

Agregados de Participación Ciudadana

al Proyecto de Ley Electoral de la JCE

  • Que no sea exclusivo de los abogados el derecho a ser electo para integrar la JCE.
  • Que no se pueda designar ningún militante partidario como titular de la JCE y del Tribunal Superior Electoral.
  • Reducir el presidencialismo y ratificar la condición colegiada de la JCE.
  • Que una mayoría de los partidos reconocidos puedan pedir la convocatoria del pleno de la JCE para temas específicos.
  • Mantener el voto preferencial para la elección de los diputados y que estos puedan escogerse separados de los senadores, y los alcaldes separados de los regidores.
  • Que los diputados nacionales sean sólo para las minorías electorales.
  • Garantizar el equilibrio de género en las candidaturas a los cargos de elección popular.
  • Fijar el inicio y fin de las campañas electorales que no deben superar los 90 días.
  • Prohibir las campañas negativas y establecer debates de candidatos presidenciales.
  • Regular las campañas para asegurar la equidad, dentro de topes establecidos.
  • Durante las campañas electorales, limitar la publicidad estatal a lo institucional, prohibir el aumento del déficit fiscal, del gasto en asistencia social, así como la contratación de funcionarios públicos y la inauguración de obras.
  • Todos los funcionarios públicos que participen como candidatos en unas elecciones  o como directores de campaña deberán tomar licencia.
  • Establecer una procuraduría especial para perseguir los delitos electorales, integrada por profesionales sin vinculación partidista.

 

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