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Jueza admite existe exceso de prisión preventiva en el país

"Es una realidad"

Al ser entrevistada en el programa El Despertador del Grupo SIN, la jueza adelantó que ya está en proceso el proyecto para crear una ciudad judicial en la capital, donde se concentren todas las instancia de impartición de justicia.

SANTO DOMINGO.- La aplicación excesiva de la prisión preventiva en la República Dominicana es una realidad, así admitió este lunes la Jueza del Quinto Juzgado de la Instrucción, Rosalmy Guerrero en la entrevista central de El Despertador.

«La realidad es que se ha demostrado que sí, que hay un exceso de prisión preventiva y eso parte de la conciencia que tiene que tener en el Poder Judicial», manifestó Guerrero quien agregó que conocen las necesidades de la sociedad y es comprensible la preocupación, pero que los jueces saben evidentemente en qué casos debe de aplicarse.

Sostuvo que la realidad es que la norma procesal penal indica que la prisión preventiva no puede pasar de un año, salvo a otros asuntos que establece el Código Procesal Penal respecto de casos complejos y de diversas cuestiones.

Resaltó que están llevando a cabo la optimización que procura acortar los tiempos que tarda el proceso como tal.

«Por eso les hablaba de la optimización del proceso penal, y optimizar el proceso penal no depende solamente de un juez depende de un defensor público que también esté pendiente de los derechos de ese representado de un Ministerio Público que también muestre lealtad a cómo se llevan los procesos».

«Se pretende que una audiencia preliminar se conozca en 6 meses, que juicios de fondos y recursos de apelación tenga conocimiento em 3 meses o menos, que las órdenes de la libertad estén al día y que se cumplan con los plazos procesales y todo eso sabemos que impacta al sistema», sostuvo.

Al ser cuestionada que si el juez de ejecución de la pena no está obligado de manera automática hacer una revisión, dijo que los juez de la ejecución de la pena son de los presos condenados, «entonces los preventivos están en el curso de un proceso, cuyo control de la medida de coerción de su revisión entonces recae sobre los tribunales».

Agregó que la prisión preventiva es para garantizar la presencia del imputado en el proceso, para que haya integridad en cuanto a las pruebas.

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