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Diputado somete proyecto de ley que instituye la sangre como bien público

La iniciativa del diputado y vocero de la bancada perremeista contempla la prohibición de la compra, venta y manejo indiscriminado de la sangre y formaliza la Red Nacional de Donantes de Sangre.

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SANTO DOMINGO.- El diputado del Partido Revolucionario Moderno (PRM), por la Provincia Peravia, Julito Fulcar, sometió este jueves un proyecto de ley que instituye la sangre como bien público y crea el programa de servicios preferencial para donantes de sangre y hemoderivados con el objetivo de garantizar el acceso de la población a un servicio de calidad en el suministro y transfusión de sangre y sus derivados.

La iniciativa persigue crear un marco legal para eficientizar el acceso a la sangre y sus derivados, estableciendo la norma que le regulará, y en el que se dotará de autonomía y personería jurídica al Hemocentro Nacional, en el que se instalará una plataforma informática que se denominará “Red de Donantes de Sangre” para automatizar los servicios de sangre en los centros de salud públicos y privados.

El vocero de la bancada oficialista indicó que “esta plataforma vinculada al Hemocentro Nacional se encargará de velar por la articulación de los servicios destinados a la promoción de la hemodonación, reclutamiento, capacitación, selección y registro de donantes de sangre; así como también de la extracción, conservación, tamizaje y procesamiento de la sangre. Además, la transfusión, el almacenamiento, distribución, transporte de las unidades de sangre, sus componentes y derivados, para suplir las necesidades requeridas en los establecimientos de salud con fines terapéuticos” refirió Fulcar.

La propuesta plantea además, la obligatoriedad de identificación de grupo sanguíneo desde el momento del nacimiento, por lo que será obligatorio el proceso de tipificación al momento del nacimiento, con el propósito de que este conste en los libros de Registro Civil. En tanto que, en las emisiones nuevas y renovaciones de los documentos oficiales, como cédula de identidad, licencia de conducir y pasaporte, se deberá incluir el grupo sanguíneo del portador.

La instancia responsable de la aplicación de esta ley será el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a través del Hemocentro Nacional.

“Esta institución velará por la adecuación de los sistemas e infraestructuras de las instituciones públicas y privadas, establecimientos de salud, de los servicios médicos de apoyo a los parámetros de la Red Nacional de Servicios de Sangre y del Programa de Servicio Preferencial para Donantes de Sangre establecidos en esta ley” apuntó el legislador.

La referida pieza plantea declarar la sangre y los hemoderivados como un bien público al servicio del Estado y de quien el Estado considere, por lo que quedaría prohibida su compra, venta y manejo indiscriminado en la pieza.

La presente ley se aplicará en todo el territorio nacional a las instituciones públicas, privadas y mixtas que conforman el Sistema Nacional de Salud.

Entre las tareas principales del Hemocentro Nacional, estarán la promoción e impulsión de donación de sangre, así como la creación de registros únicos, para todo el país, de donantes de sangres y órganos, incluyendo un registro de donantes excluidos temporal o definitivamente, con indicación de las causas de exclusión.

En cuanto a la Red Nacional de Donantes de Sangre, el proyecto de ley contempla la creación de un programa de voluntariado de carácter cívico y público que será promovido, gestionado y coordinado con el Hemocentro Nacional, con la participación de las demás instituciones mencionadas, así como las fundaciones que se dedican a las actividades de provisión de sangre y sus derivados.

Conforme a los parámetros de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Federación Internacional de la Cruz Roja, el número de unidades de sangre requeridas para satisfacer las necesidades debe corresponder del 3% al 5% de la población del país.

Los Objetivos de Desarrollo del Milenio asociados al tema de la sangre son los contemplados en los puntos 4, 5 y 6, atinentes a la reducción de la mortalidad infantil, mejorar la salud materna y combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades.

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