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La gravedad de la denuncia contra Onguito Wa su participación en intento de homicidio y porte ilegal de armas

Delincuencia

El exartista urbano es acusado de complicidad en un ataque armado por hechos vinculados a una vieja rencilla

Solicitan prisión para Onguito Wa, acusado de intento de homicidio y posesión ilegal de armas
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REDACCIÓN.- El exartista urbano Elvis Manuel Santo Alcántara, conocido como Onguito Wa, a quien le fue impuesto tres meses de prisión preventiva como medida de coerción, tras ser imputado por su presunta participación en un caso de tentativa de homicidio en el sector Los Mina, Santo Domingo Este. La decisión fue tomada por el Juzgado de Atención Permanente, acogiendo la solicitud del Ministerio Público.

Los hechos

El expediente detalla que el incidente ocurrió el pasado 22 de diciembre en la calle 5 del Invi, en Los Mina. Según las investigaciones, Onguito Wa condujo un vehículo Honda Fit hasta el lugar, acompañado por Fernelis Capellán Matos, alias Cerdo Gatillo, quien está prófugo. Al llegar, Capellán Matos habría disparado varias veces contra Freisi José Báez Ciprián, un motoconchista, hiriéndolo gravemente en diferentes partes del cuerpo.

El ataque, según el Ministerio Público, tiene su origen en una disputa personal. Hace años, Báez Ciprián intervino en una pelea en la que Capellán Matos golpeaba a su propio padre, hecho que habría generado resentimientos que desembocaron en la agresión reciente.

Fuga y arresto

Tras el incidente, Santo Alcántara huyó del lugar en el vehículo que conducía, registrado a nombre de su madre. Fue capturado días después en el sector Los Frailes, en cumplimiento de una orden judicial emitida el 24 de diciembre de 2024.

Acusación y peligro de fuga

El fiscal litigante Franklin Céspedes argumentó ante la jueza Karen Casado que Santo Alcántara representa un peligro de fuga y podría entorpecer el proceso judicial, considerando que se mantuvo escondido tras los hechos.

El Ministerio Público ha calificado el caso bajo los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano, que configura el homicidio voluntario en tanto que el articulo 304 señala que se castigará con la pena de
treinta años de reclusión mayor, cuando su comisión preceda, acompañe o siga otro crimen. Igual pena se impondrá cuando haya tenido por objeto preparar, facilitar o ejecutar un delito, o favorecer la fuga de los autores o cómplices de ese delito, o asegurar su impunidad.

Y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, que regula el uso de armas de fuego.

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