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Batalla Electoral 2024

La Junta Central Electoral y la Ley 169

Uno de los puntos recurrentes en los reportes elaborados por organizaciones de derechos humanos que se refieren al tema de la nacionalidad en República Dominicana es el alegato de que el Estado dominicano no ha aplicado cabalmente su propia Ley 169-14, la cual fue adoptada, por iniciativa del Poder Ejecutivo, con el voto unánime de las cámaras legislativas. El reciente informe de Amnistía Internacional es el último de estos reportes que puso de nuevo sobre el tapete esta acusación contra el Estado dominicano, la cual va dirigida de manera principal, aunque no exclusivamente, a la Junta Central Electoral (JCE) por el papel primordial que esta juega en la implementación de dicha legislación.

En este contexto, medios de prensa recogieron la información de que el presidente de la JCE, Dr. Roberto Rosario, emitió recientemente una circular que procura alinear  toda la estructura de dicho órgano en la ejecución cabal de la Ley 169-14. Es una circular que, tanto en contenido como en tono, expresa la voluntad del presidente de la JCE de dar por concluida la implementación de dicha legislación, especialmente en lo que concierne al denominado Grupo A, integrado por las personas – 55 mil según la auditoría realizada por esa institución – que, bajo los términos de la Ley, se beneficiaron de la validación de su nacionalidad dominicana.

En su circular, el presidente de la JCE expresa que no ha recibido prueba de que a persona alguna incluida en la lista del Grupo A se le haya negado su documentación, pero se cuida de notar que él y la institución que preside han negado esas acusaciones “confiando en su compromiso y en su voluntad de servir al Estado a través de la JCE”, al referirse a los funcionarios de ese órgano encargados de ejecutar dicha Ley. Anunció, entonces, que en el transcurso de los próximos días se llevará a cabo una supervisión de todas las oficinas encargadas de ese asunto para confirmar que todo el personal de la institución está cumpliendo con los mandatos de la Ley y las instrucciones de la institución.

Para que no hubiera duda sobre su intención, el presidente de la JCE incluyó en su comunicación una advertencia a sus funcionarios: “Si comprobamos que por negligencia o cualquier otra razón, las precitadas actas no se han puesto disponibles para la entrega y no se emiten las correspondientes cédulas, los responsables directos de esa unidad de trabajo serán suspendidos en el momento y sus expedientes remitidos para cancelación, sin perjurio de las acciones legales pertinentes”. A lo cual agregó: “…como presidente y representante legal de la institución tengo el compromiso voluntario y moral con su ejecución (refiriéndose a la Ley 169), y no debe ser la Junta Central Electoral el lugar donde se obstaculice. Si alguien ha actuado de esa manera, lo está haciendo en contra de nuestra voluntad y en contra de la Ley, lo cual tiene consecuencias”.

Es probable que el presidente de la JCE haya decidido emitir esta clara y fuerte circular en respuesta no tanto, o no solo, a las acusaciones provenientes de instituciones no gubernamentales, sino a los cuestionamientos provenientes de representantes diplomáticos de alto perfil en el país. Poco importa, sin embargo, la motivación que él tuviera para hacerlo, lo importante es que con esta comunicación el referido funcionario ha fijado un curso de acción que está llamado a resolver los problemas pendientes en la ejecución de la Ley 169-13.

Con esta iniciativa, el presidente de la JCE da la oportunidad para que cualquier persona que pertenezca a esa lista y tenga un problema o reclamo pendiente de resolver lo plantee a fin de que pueda examinarse a la luz de lo que manda la Ley. El momento es oportuno, pues,  para airear la cuestión y determinar quién tiene la razón o no. Si fuese el caso de que hubiesen personas beneficiarias de la Ley cuyos reclamos la JCE no haya querido atender o no haya resuelto, esta es la oportunidad para que esta institución dé las respuestas que cada situación requiere. Pero si, al contrario, no es cierto que tal cosa esté ocurriendo, o que los problemas que se habían presentado ya han sido resuelto, es tiempo entonces de que se reconozca que la JCE ha realizado su papel.

También es oportuno cuantificar la magnitud del problema, si es que lo hay. No es aceptable, por ejemplo, que si los problemas se reducen a casos aislados y particulares se continúe con la acusación generalizada de que el Estado dominicano ha fallado completamente en la ejecución de su propia Ley, como se desprende del discurso que emana de muchas organizaciones de derechos humanos que se refieren al tema de la nacionalidad en la República Dominicana. Por su parte, la JCE debe entender la extrema importancia que tiene que todo lo concerniente al Grupo A de la Ley 169-14 sea resuelto de una manera pronta y definitiva, pues ese será su mejor contribución para que el Estado dominicano pueda defenderse de los ataques que recibe en el sentido de que no cumple con su propia legislación.

Con los resultados del Plan de Regularización, más la culminación del proceso relativo al referido Grupo A, el Estado dominicano tiene más que suficiente para articular una defensa en el plano internacional para demostrar que ha adoptado y puesto en práctica normas y políticas públicas que han dado respuestas eficaces a una problemática –migratoria y de nacionalidad- que está poniendo a prueba a muchos Estados alrededor del mundo. La reciente circular del presidente la JCE va en la dirección correcta y está llamada a jugar un papel importante en la tarea de implementar lo que queda pendiente de la Ley 169-14.

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