Un viejo refrán producto de la observación y la sabiduría popular postula que el que hizo la ley hizo la trampa, en alusión a las debilidades y aspectos duales o confusos y no siempre fortuitos, que se observan en algunas leyes y que facilitan su violación.
Estas distorsiones son particularmente graves y con consecuencias muy negativas para el país, sus instituciones y el interés general cuando, por falta de transparencia y sanciones drásticas, facilitan la comisión de actos de corrupción en el manejo de fondos públicos.
De ahí que merece ponderada atención un amplio documento en que la Fundación Institucionalidad y Justicia hace un exhaustivo diagnóstico de la actual ley en la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones.
Como señala de forma detallada, aunque bien intencionada y con notables logros y avances, esa legislación original y sus posteriores reforman mantienen elementos que impiden prevenir actos de prevaricación por parte de funcionarios públicos, por lo que según Finjus amerita cambios urgentes y profundos.
Por ejemplo, ¿cómo es posible que una de esas reformas se suprimiera un párrafo que de manera expresa establecía que serían declarados nulos los contratos con el Estado celebrados en contravención de la propia ley de compras y contrataciones?
Un aspecto puntual del pormenorizado análisis de Finjus advierte cómo fragilidades en los presupuestos jurídicos de la declaratoria de emergencia de una obra, pueden ser usados para legitimar determinados contratos nocivos al interés nacional.
Es obvio, además que se necesitan fortalecer los mecanismos de supervisión y los tiempos de pago, para que no afecten el clima de inversión y la seguridad jurídica del país.
Aunque Finjus no lo indica, es preciso recordar los casos de cómo la aplicación irregular de los mecanismos de pago a contratistas se han prestado a extorsiones que incluso han provocado hasta un suicidio en plena oficina gubernamental.
Todas las iniciativas destinadas a endurecer controles, a prevenir corrupción y a garantizar sanciones ejemplarizadoras cuando las anomalías son detectadas merecen respaldo de los organismos del Estado y de toda la sociedad porque los fondos públicos, vale decir el dinero que aportan los contribuyentes, tiene que tener dolientes.