SANTO DOMINGO.- La mañana de este lunes el canodromo fue cede de enfrentamientos con el Defensor de Pueblo Pablo Ulloa y agente de la DIGESETT, cuando este trató de ingresar a la localidad le impidieron la entrada junto a varios reporteros, aun cuando les decía que está facultado para ingresar al lugar.
Sobre el suceso donde fueron agredidos periodistas y el Defensor del Pueblo Ulloa, ha despertado muchas interrogantes sobre si está o no facultado para entrar a lugares públicos sin previo aviso a inspeccionar cualquier oficina pública.
Ulloa acudió allí debido a denuncias de supuestas irregularidades, por lo que procedió a inspeccionar el lugar para comprobar, algo que no le fue permitido.
La ley que faculta al Defensor del Pueblo inspeccionar para inspeccionar en el canódromo:
La Ley 19-01, que instituye la figura del Defensor del Pueblo, establece en su artículo 3 que dicho servidor, «en su ejercicio, estará investido de plenos poderes y facultades a fin de iniciar, de oficio o a petición de parte, cualquier investigación que conduzca al esclarecimiento de sus actos u omisiones del sector público y de las entidades no públicas que prestan servicios públicos».
El párrafo de dicho artículo delimita que “el Defensor o sus adjuntos podrán inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos, sin previo aviso”.
En tanto, la Digesett emitió un comunicado con el deploró el incidente de la mañana de este lunes en el canódromo.
“Igualmente, destacó que investigará el desagradable incidente y afirmando que no tiene nada que esconder en éste ni en ningunos de los centros de retenciones en todo el país, mucho menos al Defensor del Pueblo”, exteriorizó dicha entidad.
Destitución
La (DIGESETT) destituyó a la encargada de canódromo «El coco», luego del incidente con agentes de esa institución donde salieron agredidos el defensor del pueblo, Pablo Ulloa, la comisión que lo acompañaba y miembros de la prensa de diferentes medios de comunicación.
En sustitución de Ysabelita De Los Santos Pérez, queda en la posición de comandante departamento centros de retención vehicular, de manera interina, el teniente coronel Hipolito Rijo Santana.
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