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Ministerio de Trabajo presenta campaña sobre cumplimiento del salario mínimo

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.– El Ministerio de Trabajo presentó una campaña dirigida  a sensibilizar y concienciar a la sociedad dominicana sobre la importancia de cumplir con el salario mínimo, desarrollar una cultura de auto cumplimiento voluntario y acercar al Ministerio con la sociedad como una vía de consulta y acceso para este tema.

La campaña, que utiliza los medios masivos para su promoción, forma parte de las estrategias de cumplimiento que desarrolla el Proyecto Cumple y  Gana en los países en que acciona, y que responden a las ejecutorias del Ministerio de Trabajo sobre el tema salarial.

 

El Proyecto Cumple y Gana es ejecutado por la Fundación para la Paz y la Democracia (FUNPADEM), con el apoyo financiero del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos (USDOL).

 

Esta campaña de alerta y prevención se verificará a través de páginas web, cuñas radiales y televisivas, cruzacalles, vallas, brochures y otros, y permitirá al Ministerio focalizar la labor en el cumplimiento y desarrollar planes a corto, mediano y largo plazo para lograr la asunción total de la normativa.

 

Max Puig, aseguró que los mensajes de la campaña van dirigidos a fortalecer la responsabilidad del empleador frente al trabajador, a valorar el recurso humano de la empresa y visualizarlo como el verdadero creador de riquezas. Asimismo, la campaña procura que el trabajador desarrolle su vida laboral y personal en dignidad y tenga más oportunidades de crecimiento.

En el aspecto económico y social, explicó, se promueve el fortalecimiento de la economía y el cumplimiento de la ley, lo que establece garantías institucionales. Esta es la primera campaña de salario mínimo que se realiza en el país, y se crea en un momento importante debido al reciente aumento en un 17% de los salarios mínimos por lo que el Ministerio de Trabajo asegura que ese derecho conquistado sea disfrutado al máximo por la clase trabajadora.

“Con el apoyo del Proyecto Cumple y Gana  se desarrolló un protocolo de actuación para la inspección e investigación sobre salario mínimo, que sistematiza las buenas prácticas en ese tema. Esta experiencia se recogerá en un documento que cumplirá con un papel práctico y preventivo”, dijo.

 

El coordinador del Proyecto Cumple y Gana en Republica Dominicana,  Gavino Severino, explicó que entre las principales infracciones se encuentra la vinculada al salario, y de manera específica, la de salario mínimo. “Esta campaña se basa en experiencias que el proyecto ha venido desarrollando en los países del área, con situaciones similares en lo relativo al tema de salario mínimo, como es el caso de Costa Rica, debido al cuestionamiento que han tenido las empresas de la región en cuanto a la obligatoriedad del cumplimiento”.

El director de Trabajo, Andrés Valentín Herrera, explicó que las resoluciones emitidas por el Comité Nacional de Salarios tienen carácter de obligatoriedad en su cumplimiento, como lo manda el Código de Trabajo, así como todo acuerdo establecido en la relación laboral.

 

Herrera manifestó la imposibilidad de los inspectores de trabajo para llegar a todo lugar donde se verifique una relación laboral.. “A pesar de esto, con un solo trabajador que se vea afectado por este incumplimiento  basta para que el Ministerio de Trabajo desarrolle esta campaña dirigida a erradicar las infracciones en este sentido”, dijo.

El Comité Nacional de Salarios (CNS), entidad perteneciente al Ministerio de Trabajo, es el encargado de fijar las tarifas de salarios mínimos para los trabajadores de todas las actividades económicas, incluyendo las agrícolas, comerciales, industriales o de cualquier otra naturaleza, según lo consigna el Código de Trabajo en su Artículo 455.

Le corresponde a la inspección del trabajo verificar el cumplimiento de la normativa, establecida en el Código de Trabajo, no solo en lo relativo al salario mínimo, que es el menor salario que puede convenirse en un contrato de trabajo, sino también el de los acuerdos salariales entre empleadores y trabajadores, según los artículos del 212 al 218 del código vigente.

 

 

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