Santo Domingo.- El Ministerio Público depositó este miércoles el recurso de apelación a la medida de coerción impuesta por la jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, contra el rapero estadounidense Daniel Hernández, conocido como Tekashi 6ix9ine, acusado de violencia de género e intrafamiliar.
Debido a las sanciones que le fueron interpuesta, el órgano acusador señaló que el tribunal realizó una aplicación errónea de la norma y destacó el peligro que corre la víctima al no imponérsele la medida privativa de libertad que solicitó por los hechos cometidos contra su pareja, Jorgina Guillermo Díaz, conocida como Yailín La Más Viral, y su madre Wanda Díaz Núñez.
Asimismo, sostuvieron que la magistrada vulneró el derecho de la víctima, Wanda Díaz Núñez de ser escuchada.
“Entre las falencias señaladas por el órgano persecutor en el proceso, que ha conllevado la presentación de esta apelación, la jueza también permitió que abogados que, por disposición de la ley, no podían tener participación, lo hicieran de manera activa, demostrando una vulneración a los derechos de las partes”, señala el comunicado.
Además, refiere que presuntamente ignoró la prueba de la llamada que realizó la señora Yailín al 9-1-1 pidiendo ayuda y el peligro de fuga al acusado ser de origen extranjero.
“La fiscal Rosalba Ramos también indicó que se ignoró la prueba aportada de un celular que se le ocupó al señor Tekashi en la celda, con el cual estaba amedrentando a los testigos y obstaculizando la investigación”, añade la misiva.
Se recuerda que a Tekashi se le impuso garantía económica de RD$ 30 mil pesos; impedimento de salida del país, presentación periódica los días 30 cada dos meses por ante el Ministerio Público investigador y la obligación de someterse a la vigilancia y cuidado del Centro Conductual para la Desarticulación de la Personalidad Violenta y asistir a las charlas que imparte dicho centro.
También se emitió una orden de protección recíproca a favor de las víctimas, donde se le prohíbe a Tekashi molestar, intimidar, asediar, hostigar o amenazarlas por cualquier vía, ya sea en persona, por teléfono, por mensajes de textos o de WhatsApp o cualquier otra aplicación similar, videollamadas, redes sociales o por intermedio de terceras personas.
Según la investigación del Ministerio Público, el imputado ha ejercido violencia verbal, física y psicológica contra las víctimas.