Bogotá. – La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ratificó este miércoles las dos primeras sentencias emitidas contra siete exintegrantes de las FARC por secuestros y crímenes de guerra, así como las condenas a 12 exmilitares colombianos por asesinatos y desapariciones forzadas en la costa del Caribe.

Las decisiones fueron adoptadas por la Sección de Apelación de la JEP, que resolvió las apelaciones interpuestas por las víctimas, comparecientes y el Ministerio Público, y fijó criterios que servirán de precedente para las futuras sentencias de los once macrocasos que investiga esta entidad de justicia reparativa.

«Este es un avance significativo para la Jurisdicción, para las víctimas y para quienes fueron condenados por el Tribunal para la Paz en primera instancia y cuyas penas ahora se confirman de manera definitiva», afirmó el presidente de la Sección de Apelación de la JEP, Eduardo Cifuentes.

Condena a exjefes de las FARC

En el Caso 01, correspondiente a los exintegrantes del último secretariado de las FARC, la JEP confirmó la responsabilidad penal de Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar.

El tribunal declaró a estos excombatientes responsables como autores de los crímenes de guerra de toma de rehenes y homicidio, y de los delitos de lesa humanidad de privación de la libertad, asesinato y desaparición forzada.

Además, cinco de ellos fueron condenados por responsabilidad de mando al no impedir delitos como tortura, violencia sexual, desplazamiento forzado y otros delitos cometidos por integrantes de la guerrilla.

Según la JEP, los acusados son los máximos responsables de más de 21,000 secuestros perpetrados para financiar la guerra, presionar intercambios de prisioneros y ejercer control territorial, hechos que derivaron en condiciones de cautiverio, torturas, violencia sexual, humillaciones y otras graves violaciones de los derechos humanos.

La Sección de Apelación modificó varios aspectos de la sentencia de primera instancia, «para reforzar la efectividad de las sanciones propias».

Entre los cambios, ordenó incorporar propuestas formuladas por las víctimas, establecer cronogramas precisos para el cumplimiento de las penas y fijar restricciones concretas de derechos y libertades durante los ocho años de trabajos restaurativos, que se desarrollarán entre agosto de 2026 y febrero de 2034 en siete regiones del país.

Ratificación del caso Batallón La Popa

De la misma forma, la JEP confirmó las sanciones impuestas a 12 exintegrantes del Batallón La Popa del Ejército por asesinatos y desapariciones forzadas de civiles presentados falsamente como bajas en combate entre 2002 y 2005 en la costa del Caribe colombiano.

Los magistrados ratificaron la condena por asesinato y desaparición forzada, que dejaron 135 víctimas en 77 hechos victimizantes, entre las que se encuentran integrantes de los pueblos indígenas kankuamo, wiwa y wayúu.

«Esta sentencia jamás podrá devolverles el tiempo perdido, el tiempo del cautiverio, de los vejámenes. El tiempo que ustedes han padecido por la pérdida de sus seres queridos con la desaparición forzada», aseguró el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli.

La Sección de Apelación resolvió 19 apelaciones y revocó la condena por los delitos de persecución y tortura, al concluir que estos fueron incorporados al proceso sin cumplir el procedimiento legal correspondiente.

La sentencia confirmó los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador y Reparador (TOAR), que incluyen la construcción de un mausoleo con más de 700 osarios en el cementerio Ecce Homo de Valledupar (Cesar), como parte del Plan Integral de Memorialización para la costa Caribe propuesto por las víctimas.

Posteriormente, los exmilitares deberán ejecutar otros proyectos orientados a la recuperación de la memoria histórica, como la construcción de centros culturales y ecoturísticos.

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